El Consejo de Ministro aprobó la semana pasada el Real Decreto que modifica las normas sobre la aplicación de la PAC 2020. Unos cambios significativos que incluye reforzar la lista negra de solictantes, los casos de pérdidas de derechos de ganaderos y la apuesta por incrementar los controles por satélite.

En concreto, según el Ministerio, se reforzarán los controles sobre los titulares que, por ser su actividad principal muy diferente a la agraria, se incluyen en la denominada lista negativa de solicitantes, a fin de comprobar que el perceptor de la ayuda realmente está ejerciendo la actividad agraria.

De esta manera, en coherencia con las modificaciones introducidas en el Reglamento Omnibus, se reducen a uno los criterios para acreditar que una persona o grupo de personas son agricultores activos, demostrando que su actividad agrícola no es marginal.

Por otra parte, y con objeto de favorecer la incorporación de jóvenes y nuevos agricultores al campo, se dota a la PAC 2020 de mayor flexibilidad el acceso a las ayudas.

En el ámbito de las ayudas asociadas de derechos «especiales», se introduce un ajuste técnico sobre pagos directos

Además, se hacen más flexibles las condiciones para acreditar el cumplimiento por los jóvenes agricultores del requisito de primera instalación como responsable de la explotación agraria en el ámbito de la ayuda complementaria y, consecuentemente, al acceso a la reserva nacional.

En el ámbito de las ayudas asociadas de derechos «especiales», se introduce un ajuste técnico en coherencia con las disposiciones generales sobre pagos directos.

De este modo, los ganaderos potencialmente subvencionables que no soliciten estas ayudas durante dos años consecutivos perderán, con carácter definitivo, el derecho a recibirlas, excepto en casos de fuerza mayor o circunstancias excepcionales, según el MAPA.

No obstante, estos ganaderos podrán seguir siendo elegibles para otro tipo de ayudas asociadas.

Otra de las novedades para 2020 se refiere a los ajustes técnicos derivados de la incorporación de los controles por monitorización a los regímenes de ayudas.

El control por monitorización de las parcelas consiste en la observación periódica de imágenes de satélite de la superficie, lo que ofrece una nueva vía de simplificación de la gestión y reducción de los costes de control de las ayudas, del que finalmente se beneficiarán los productores.

Dentro de los ajustes, destaca un nuevo plazo de modificación de la solicitud única, para unificar las fechas para el cumplimiento de los requisitos para estos expedientes controlados por monitorización.

Por último, se incorporan ajustes técnicos menores en el contenido mínimo de la solicitud única de ayudas, como es el caso de la simplificación en la declaración de los cultivos hortícolas y frutales, la actualización de la declaración responsable referente al cumplimiento de los requisitos establecidos para cultivos proteicos, o el ajuste del tratamiento estadístico de la información que suministra el agricultor a la Administración Pública.

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