La Unión Europea (UE) ha pedido medidas adicionales en la lucha contra la Xylella, como inspecciones «de forma más exhaustiva y armonizada» en los Estados miembro -incluso con pruebas moleculares en zonas distintas de las demarcadas- y medidas de transparencia, volcando datos en Internet.

La Comisión Europea publicaba el pasado sábado en el Diario Oficial de la UE (DOUE) la Decisión de Ejecución 2017/2352, de 14 de diciembre, por la que se modifica la anterior (2015/789) sobre medidas para evitar la introducción y propagación dentro la Unión de la Xylella fastidiosa.

Según el documento, los Estados deberán llevar a cabo inspecciones anuales para detectar la presencia en su territorio del organismo en los vegetales especificados. Estas inspecciones incluirán un examen visual y, en caso de sospecha de infección, una recogida de muestras y la realización de pruebas.

se prevé que se efectúe una prueba molecular para detectar su presencia en zonas distintas de las demarcada

Se basarán, por tanto, «en principios científicos y técnicos sólidos» y «se realizarán en las épocas oportunas del año para poder detectar el organismo mediante exámenes visuales, muestreos y pruebas».

Así pues, se prevé que se efectúe una prueba molecular para detectar su presencia en zonas distintas de las demarcadas, y si el resultado es positivo, se identificará su presencia con al menos una prueba molecular positiva adicional.

El texto determina que la lista de estas pruebas «debe estar disponible en una base de datos de la Comisión abierta al público para garantizar la transparencia. Asimismo, en aras de la transparencia, la Comisión Europea plantea que los Estados miembros publiquen  sus planes nacionales de contingencia en internet.

La decisión publicada el sábado recoge, igualmente, las medidas que deben adoptarse en caso de encontrarse la bacteria de la Xylella en las zonas «demarcadas» y «tampón» para evitar su extensión, así como la destrucción de material infectado.

Según remarca, la experiencia actual muestra que la eliminación inmediata de todas las plantas hospedadoras independientemente de su estado fitosanitario en un radio de 100 metros alrededor de los vegetales infectados, aumenta las perspectivas de éxito de la erradicación, al contrario de lo que opinan las organizaciones agrarias. 

«Resulta proporcionado reducir de 10 a 5 kilómetros la anchura de la zona tampón que rodea la zona infestada en todos los casos en que la zona demarcada se haya establecido con fines de erradicación», añade.

No obstante, «esa anchura debe seguir siendo de 10 kilómetros en el caso de zonas demarcadas establecidas con fines de contención, por la necesidad de adoptar un enfoque de mayor precaución ante la presencia más extendida» en esas zonas demarcadas, puntualiza.

Por otra parte, aboga por reducir esa zona tampón a 1 kilómetro en determinadas condiciones que garanticen que no se seguirá propagando el organismo, además de la eliminación inmediata de los vegetales infectados y la aplicación de medidas de vigilancia.

«Resulta también proporcionado permitir la supresión de una zona demarcada transcurridos doce meses, si se adopta un programa de muestreo intensivo para garantizar la ausencia del organismo de esa zona».

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