La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) valora que el Ministerio de Agricultura, tal como recoge la Orden APA/10/2025 publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), establezca en 5.000 euros la cuantía mínima por beneficiario de la ayuda extraordinaria para compensar la pérdida de renta en las explotaciones agrarias que hayan sufrido a causa de la DANA daños superiores al 40%, tasados por Agroseguro, con un montante del 30% de la media de los ingresos agrarios de los tres últimos años, siempre que no hayan cobrado la ayuda directa para autónomos o personas jurídicas. Sin embargo, la organización agraria recuerda al Gobierno que esta corrección tiene pendiente la inclusión de las ayudas a aquellos agricultores gravemente afectados que no cuentan con ingresos agrarios en 2023.
La organización agraria había reivindicado que no se dejaran fuera de la línea de ayudas para compensar la pérdida de renta aquellos casos en los que no constan ingresos procedentes de la actividad agraria durante los últimos años, como son las primeras instalaciones de jóvenes agricultores cuyas plantaciones aún no han llegado a entrar en producción, las explotaciones recuperadas tras un contrato de arrendamiento y las fincas recién heredadas, en caso de que el traspaso de la propiedad esté documentalmente justificado.
La última corrección del Gobierno, positiva pero insuficiente, llega días después del balance agrario de AVA-ASAJA, en el cual Cristóbal Aguado criticó la gestión de las administraciones para reconstruir la agricultura damnificada por la DANA: “Las ayudas aprobadas hasta el momento para el sector agrario son insuficientes, discriminatorias y lentas”.
En este sentido, además de reiterar que se quedan fuera a afectados sin ingresos agrarios en 2023, destacan que la cuantía de las medidas de apoyo decretadas apenas cubre la tercera parte de los daños reales y, con una cuantía máxima de 25.000 euros, en muchos casos resultará irrisoria para compensar los destrozos sufridos, renovar la maquinaria y recuperar el potencial productivo, que podrá prolongarse más de cinco años en caso de replantación de cultivos leñosos.