Regantes y constructoras han pedido ante los tribunales que SEO/BirdLife y Jalón Vivo entreguen una fianza de 145 millones para la paralización provisional de las obras del embalse de Mularroya, lo que ha sido duramente critiado por las ONG ambientales.

El 23 de marzo de 2021 la Audiencia Nacional dictó sentencia sobre el recurso interpuesto por SEO/BirdLife y la asociación Jalón Vivo, con la que se anulaba la Resolución 12 de agosto de 2015 por la que se aprobó el proyecto del embalse de Mularroya, por suponer un deterioro de las masas de agua de los ríos Grío y Jalón, así como de los acuíferos de las sierras de la Virgen y Vicort, y daba la razón a las organizaciones ambientales. Contra dicha sentencia presentaron recursos la Junta Central de Usuarios del Río Jalón, la UTE Mularroya (Acciona y Sacyr) y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco).

Ante estos recursos, SEO/BirdLife y Jalón Vivo presentaron escrito rechazando dichos recursos interpuestos y solicitando la ejecución provisional de la sentencia, es decir, la paralización de las obras de construcción de la presa de Mularroya debido al indudable daño ambiental que están ocasionando (entre otras actuaciones, se está construyendo un túnel de más de 12 kilómetros que está ya afectando al acuífero).

Frente al escrito presentado por las ONG ambientales a la Audiencia Nacional, la Junta Central de Usuarios del Río Jalón y la UTE Mularroya (Acciona y Sacyr) no solo han solicitado que se desestime la petición de las ONG, sino que consideran que en caso de aceptarse la paralización provisional de las obras se acuerde un depósito de garantía. Este dinero, que deberían aportar las organizaciones ambientales para responder de daños y perjuicios, ha sido estimado por los demandados en una fianza de 145 millones de euros (24.271.814,05 euros solicitado por la UTE Mularroya y 120.000.000 euros solicitados por la Junta Central de Usuarios del Río Jalón).

SEO/BirdLife y la asociación Jalón Vivo insisten en que más allá de los perjuicios que puedan tener ambas entidades privadas, no debe condicionarse la tutela de la protección ambiental ante unas exigencias económicas que, además de ser inviables y excesivas, al ser una una fianza de 145 millones de euros, demuestran que los regantes y las constructoras obvian por completo la finalidad de la propia paralización provisional de las obras, que no es otra que el interés general de proteger un patrimonio común, impedir el incumplimiento comunitario, limitar el deterioro ambiental y la irreversibilidad del daño que se está ocasionando.

ADMITIDO A TRÁMITE EL RECURSO DE CASACIÓN
En paralelo, el Tribunal Supremo acaba de admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por la Junta Central de Usuarios del Río Jalón, la UTE Mularroya (Acciona y Sacyr) y el Miteco. Los recurrentes pretenden que una obra que deteriora de forma importante un río pueda autorizarse sin el marco legal que conlleva someterlo de forma previa a la evaluación ambiental estratégica y la participación pública del plan hidrológico en el que se enmarca.
SEO/BirdLife se opone frontalmente a que este tipo de obras «puedan autorizarse sin someterse con antelación al control público y ambiental que implica la participación pública y la obligada Evaluación Ambiental Estratégica de los planes hidrológicos». Las organizaciones mantienen que no existen dudas y que la jurisprudencia es clara tanto en lo que respecta a cómo deben quedar explicados en el plan hidrológico, y con qué detalle, los motivos de las modificaciones o alteraciones que afecten al estado de las masas de agua, como si debe plantearse dentro del propio plan de cuenca, y no posteriormente. Plantear obras de esta dimensión fuera del marco de la planificación hidrológica aprobada es vaciar de sentido tanto a los planes hidrológicos como a la evaluación estratégica que conlleva la aprobación de estos planes.
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