Desde el 31 de enero de 2025 se puede consultar a través del Visor Sigpac Nacional y del Servicio Web de Mapas (WMS) del SIGPAC, lo que se conoce como la Caché de campaña 2025 de la campaña 2025 de la PAC, tal y como publica el Fega en su página web con las novedades y recomendaciones para agricultores y ganaderos de cara esta campaña de la PAC.

En base a sus datos se deberán declarar las superficies de la Solicitud Única de Ayudas en el marco del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, cuyo periodo de presentación comenzó oficialmente el 1 de febrero y finalizará el 30 de abril como fecha límite para la presentación de la solicitud única.

SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN DE PARCELAS AGRARIAS

El SIGPAC es el sistema de identificación de parcelas agrarias que sirve de base para la gestión de las ayudas por superficie de la PAC y que se establece en la normativa comunitaria que regula el Sistema Integrado de Gestión y Control (SIGC) de la PAC2.

Desde el 1 de enero de 2005, el SIGPAC es la única base de referencia para la identificación de las parcelas agrícolas en el marco de la PAC aunque, de forma excepcional, en determinadas áreas, las comunidades autónomas pueden determinar el uso temporal de otras referencias oficiales identificativas de parcelas.

La Base de Datos del SIGPAC se actualiza continuamente a través de varios procesos en los que participan tanto las comunidades autónomas como el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (Fega): convergencia con Catastro, solicitudes de modificación del SIGPAC presentadas por los agricultores, integración de resultados de los controles, renovación de ortofoto, integración de obras civiles, etc.

No obstante, para garantizar una cierta estabilidad durante el proceso declarativo, antes del inicio del periodo de presentación de la solicitud única de la PAC, se toma una “foto fija” o copia de la base de datos. Esta copia de inicio de campaña es la que se conoce como “Caché de campaña”.

Hay que tener en cuenta que los agricultores deben realizar la declaración de superficies en base a la realidad del terreno.

SOLICITUD DE MODIFICACIÓN AL SIGPAC

Dentro de las novedades y recomendaciones para agricultores y ganaderos de cara esta campaña de la PAC, s erecuerda que en el caso de que el SIGPAC no refleje la situación real de las parcelas y si observa que sus recintos no están correctamente delimitados o si ha cambiado el uso de algún recinto, el productor lo notificará a su administración autonómica a través de la oportuna solicitud de modificación al SIGPAC y, entre tanto, en su solicitud única declarará la situación real.

Por ello, el agricultor o ganadero que declara los recintos SIGPAC por los cuales se solicitan las ayudas de la PAC es el responsable último de que la información registrada en el SIGPAC sea verídica y coincidente con la realidad, debiéndose comprobar cada año antes de presentar su solicitud única de la PAC:

DELIMITACIÓN DE LA SUPERFICIE AGRÍCOLA Y USO EL RECIENTO

Deben estar delimitados, de forma que queden fuera del recinto y por tanto de la Solicitud Única, los elementos no subvencionables: carreteras, caminos y vías de comunicación, edificaciones y construcciones, cursos de agua, escombreras y zonas improductivas, etc. Tampoco son subvencionables las tierras abandonadas en las que no se realiza ninguna actividad agraria o los recintos inactivos no declarados.

Si ha cambiado el uso de algún recinto o de parte del mismo, se debe presentar la correspondiente solicitud de modificación lo antes posible. Un recinto incorrectamente delimitado puede dar lugar a una reducción de las ayudas solicitadas, especialmente si incluye elementos que no son subvencionables.

En el menú de información o ayuda del Visor Sigpac se incluye una ficha de contenido de las capas que se muestran, que se mantendrá permanentemente actualizada:

CULTIVOS RETIRADOS Y DECLARADOS

Para la Cache de campaña 2025, las principales novedades y recomendaciones en el Visor son la modificación de las siguientes capas: Se adapta esta capa a los cambios en la BCAM 7. La capa generada contiene la información gráfica de las líneas de declaración graficas (LDG) declaradas en tierras cultivo de un mismo cultivo, en las dos últimas campañas (2023 y 2024), excluidos los cultivos plurianuales, barbechos, hierbas y otros forrajes herbáceos (donde se incluyen los pastos temporales) y cultivos bajo agua. Sirve de apoyo al agricultor para el cumplimiento de los requisitos de la BCAM 7 a efectos de controlar que en la campaña 2025 se cumple la opción de realizar una rotación de cultivos en todas las parcelas de la explotación al menos una vez cada tres años.

Se incluye el cultivo secundario y el aprovechamiento.

La previsión de incorporación de las ortofotos provisionales restantes correspondiente a los vuelos realizados en 2024 es la siguiente:

-Castilla-La Mancha (prevista para la 1ª quincena de febrero).

-Comunidad Valenciana (prevista para la 2ª quincena de febrero).

-Cataluña (zona volada 2024) (prevista para la 1ª quincena de marzo).

-Islas Canarias (prevista para 2ª quincena de marzo).

-Aragón (prevista para la 2ª quincena de abril).

Asimismo, está contemplado que antes del 30 de septiembre de 2025, el Visor Sigpac muestre la ortofoto definitiva de los vuelos del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA) 2024 realizados sobre las CCAA de Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Islas Baleares e Islas Canarias.

Toda la ficha de estas novedades y recomendaciones de la caché de Campaña se pude ver en la página del Fega.

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