Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos considera que, dentro de los daños por lluvia persistente que están incluidos en los Riesgos Excepcionales, es preciso eliminar la restricción existente para los daños por mildiu y oídio de manera que se amplíe el ámbito de cobertura de las pólizas suscritas también en Cataluña, La Rioja, Navarra, País Vasco y Castilla y León.

Unión de Uniones rechaza la respuesta de ENESA ante esta petición que gira en torno al argumento de falta de determinación específica del momento o umbral a partir del que se puede declarar siniestro, así como que dichos daños en el cultivo supongan un siniestro indemnizable. La organización insiste en que las últimas campañas demuestran el efecto devastador que esta afección puede tener sobre los rendimientos de los cultivos, en especial, en campañas con elevadas temperaturas y lluvias intercaladas.

«Estos argumentos no tienen en cuenta la excepcionalidad de los daños producidos y su virulencia constatada en diversas campañas, en especial la de 2018 y 2020, y la evidencia de que los tratamientos habituales para combatir esa enfermedad fúngica no son efectivos» señalan responsables sindicales y técnicos de Unión de Uniones.

En este sentido, los daños por mildiu y oídio sobre el cultivo se han demostrado incontrolables aun llevando a cabo los tratamientos habituales. Esa excepcionalidad y virulencia queda reflejada en las bases de datos que se han ido acumulando por parte de las estaciones de aviso de riesgos fitosanitarios de las distintas CCAA desde hace décadas.

Es preciso que esas afecciones generalizadas en zonas puntuales de cultivo en diversas CCAA del norte de la península cuenten con la cobertura necesaria por lo que la Unión de Uniones seguirá exigiendo, como lo están haciendo varias CCAA, su inclusión dentro de las coberturas de las pólizas que suscriben los viticultores.

Así lo demandará de nuevo en la reunión del Grupo de Trabajo que tendrá lugar el próximo lunes 27 de junio convocada por ENESA sobre el seguro de uva de vinificación. Del mismo modo, también se volverá a plantear a ENESA la conveniencia de inclusión de la cobertura de daños por oídio dentro de los riesgos excepcionales.

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