El Pleno del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Cava acordó impugnar la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, la cual avala el uso del término ‘Cava de Requena’ para identificar el espumoso etiquetado en las bodegas de este municipio. Esta decisión contó con el voto en contra del vocal de los viticultores valencianos y extremeños, Fernando Medina, y con dos abstenciones del sector productor.

Las reacciones no se han hecho esperar. La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) critica duramente a los representantes de la DO Cava porque “aunque estén en su legítimo derecho de recurrir al Tribunal Supremo, el fallo del TSJM dejó en evidencia que el nombre ‘Cava de Requena’ no entraña ni el más mínimo indicio de confusión al consumidor respecto a la DO Utiel-Requena, de hecho siempre ha habido una coexistencia pacífica entre ambas denominaciones. Si el argumento de la confusión fuera cierto, las bodegas catalanas no estarían perjudicadas, por eso no se entiende que insistan en ello. ¿Acaso puede haber otra razón de índole económica o comercial que les moleste?”.

Para la organización agraria presidida por Cristóbal Aguado, “defender el nombre ‘Cava de Rena’ es pelear por nuestra identidad y por nuestra economía, ya que los consumidores nacionales y europeos aprecian cada vez más las bondades del cava valenciano y, si pueden encontrarlo claramente en la etiqueta, contribuirá a aumentar su consumo. Todo el mundo nos conoce como cava de Requena y es la definición que apoyamos por unanimidad el sector vitivinícola y las administraciones locales y autonómicas”.

Por ello, AVA-ASAJA solicita al Pleno de la DO Cava que no tramite dicho recurso y conceda a Requena la libertad de decisión a la hora de escoger su propia denominación, de la misma manera que han tenido las otras áreas incluidas en esta figura de calidad.

La DO Cava se divide en cuatro zonas: ‘Comtats de Barcelona’, que engloba las subzonas de ‘Valls d’Anoia-Foix’ (Villafranca del Penedés), ‘Serra del Mar’, ‘Conca del Gaia’ (Tarragona), ‘Serra de Prades’ (Tarragona) y ‘ Pla de Ponent’ (Lérida); la Zona del Valle del Ebro, subdividida en ‘Alto Ebro’ y ‘Valle del Cierzo’; los ‘Viñedos de Almendralejo’ (Badajoz); y la jurídicamente aceptada ‘Cava de Requena’ (Valencia) aunque en la página web de la DO Cava señale ‘Zona de Levante’.

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