Uno de los grandes problemas actuales del sector agrícola es la falta de mano de obra por el cierre de fronteras por el coronavirus ante el inicio de muchas campañas. Sin embargo, la Comisión Europea (CE) ha publicado este lunes unas directrices sobre los trabajadores considerados «esenciales», que más allá de sanitarios, científicos y fuerzas de seguridad, se aplica también a transportistas, temporeros agrícolas, técnicos energéticos o personal de infraestructuras críticas.

La guía se refiere además a los controles médicos a los que se someta a esos trabajadores en un contexto de cierre de fronteras interiores en la Unión Europea (UE).

«Los trabajadores temporeros en la agricultura desempeñan una función crítica en algunas circunstancias en la recogida de la cosecha, su siembra y su cuidado» por lo que los países deben de tratar a estos temporeros agrícolas como «trabajadores críticos» e informar a sus empresas de la necesidad de proporcionarles el material de protección adecuado», indicó la CE.

Las industrias agroalimentarias han avisado varias veces desde el inicio de la crisis de que si cruzar la frontera se convierte en un trámite largo y con gran interacción humana para los temporeros agrícolas, existe el riesgo de que los camioneros empiecen a rechazar viajar entre distintos países de la UE.

Estos deben de llevarse a cabo «en las mismas condiciones que para los nacionales desempeñando las mismas ocupaciones» y a ambos lados de la fronteras para garantizar la fluidez de tránsito.

En el caso de la medición electrónica de la temperatura corporal es preferible que los conductores no abandonen sus vehículos y no debería de controlarse más de tres veces en un mismo día, indica el Ejecutivo comunitario.

Si el trabajador controlado presentara fiebre y las autoridades consideran que no debería continuar su trayecto, agrega la Comisión Europea, la persona en cuestión debe de recibir la misma asistencia médica que recibiría un nacional del país en el que se encuentre y la información debe de compartirse con el Estado miembro en el que figure como trabajador.

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