La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que una comunidad de regantes presentó contra el canon de regulación de los ríos Segura, Quípar y Mundo correspondiente al año 2014 y por el que se le había liquidado una cantidad de 3.640 euros.

La resolución de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) fue recurrida en primer lugar ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, que respaldó la decisión del órgano de cuenca.

En su recurso, esta comunidad de regantes alegó que los usuarios no habían participado en la elaboración del estudio económico necesario para hacer la propuesta sobre el canon.

Además, señaló la falta del preceptivo estudio y de la propuesta de la Comisaría de Aguas y la falta de justificación de partidas de gastos, entre otras consideraciones.

El TSJ, que tiene como ponente en la sentencia al magistrado Mariano Espinosa, dice que «la prueba practicada ha acreditado que la recurrente sí que estuvo presente en la Junta de Explotación en la que se le dio traslado del canon, y pudo participar en la misma».

Y añade que el canon no fue recurrido en su momento por nadie, «por lo que el mismo es un acto administrativo consentido y firme».

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