Según la normativa PAC, en el eco-régimen de espacios de biodiversidad se establece un periodo de seis meses en las tierras de barbecho que no pueden dedicarse a la producción agraria, que en Castilla y León es el periodo del 1 de febrero al 31 de julio. En la práctica de siega sostenible, se determina un periodo de no aprovechamiento de pastos permanentes o temporales objeto de siega no inferior a sesenta días consecutivos, que en la provincia de Palencia ha fijado la Junta del 3 de julio al 31 de agosto.

La Dirección General de Política Agraria Comunitaria (PAC) de la Junta de Castilla y León ya ha dictado en abril la resolución por la que se establecen las fechas de las actuaciones de barbecho en biodiversidad y la práctica de la siega en la siega sostenible.

Dentro de los requisitos y las condiciones que deberán cumplir los espacios de biodiversidad, a los efectos del eco-régimen de espacios de biodiversidad, en concreto indica que las tierras en barbecho no podrán dedicarse a la producción agraria durante, al menos, un periodo de
seis meses consecutivos. Ese periodo, que debe contabilizarse dentro de los nueve primeros meses del año, ha sido fijado por esta orden de la Junta entre el 1 de febrero y el 31 de julio.

Asimismo, para favorecer tanto el ciclo de vida de los lepidópteros (mariposas) como el ciclo vegetativo de las superficies de pastos, las comunidades autónomas deben establecer un período sin aprovechamiento de las superficies de pastos permanentes o temporales objeto de siega, durante el que no podrá realizarse ninguna actividad.

Este periodo, de al menos sesenta días consecutivos, ha de enmarcarse en el trimestre de junio a agosto, en las condiciones de cumplimiento de la práctica de siega sostenible. La orden de la Junta ha fijado dos regímenes distintos, en virtud de su gran extensión geográfica y del elevado número de sistemas agroclimáticos, que por lo que respecta a toda la provincia de Palencia se ha marcado del 3 de julio al 31 de agosto, ambos inclusive.

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