EFE.- La normativa regula varios aspectos que desde el punto de vista de la seguridad alimentaria deben cumplir las empresas que fabrican, importan, almacenan o venden refrescos.
Con este Real Decreto se adaptan las reglas españolas para esa clase de bebidas a la legislación de la Unión Europea (UE) sobre la higiene de los alimentos y de los aditivos,
La reglamentación incluye denominaciones sobre diferentes tipos de aguas, zumos y otras bebidas, así como sus ingredientes.
Regula también el envasado, el etiquetado, la presentación de las bebidas y su publicidad.