A primeros de mes, saltaba la noticia de que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente estudiaba relajar los requisitos para ser agricultor activo y cobrar la PAC- Una decisión que el propio Magrama responsabilizaba directamente a una denuncia de la Unión de Uniones, que había forzardo a nuevas exigencias de la Comisión Europea a España para la aplicación de esta figura.

agricultor activo 2Y aunque la propia organización agraria rechazaba esta acusación y culpaba al propio Ministerio de todos los cambios que se deban hacer, lo cierto es que el Ministerio ya ultima un Real Decreto por el que se flexibilizarán aún más las condiciones para poder acceder al cobro de los 5.000 millones de ayudas directas que suponen actualmente los fondos comunitarios de la Política Agrícola Común (PAC), según recoge Vidal Maté en elpais.com.

Y es que parce que la ministra Isabel García Tejerina, a pesar de que todas las organizaciones agrarias le instaban a plantar cara a esta decisión, está dispuesta a aplicar la petición de Bruselas que obliga ahora a España a rebajar aún más las exigencias para el cobro de esos fondos.

se amplía la lista de personas que podrán sumarse a cobrar las ayudas de la PAC sin que amplíen los fondos

Con esta decisión europea, las explotaciones podrán no estar inscritas en el registro de cada comunidad autónoma ni el de explotaciones ganaderas, a la vez que para ser considerado como agricultor activo, bastará con demostrar que asume el riesgo empresarial.

Por todo ello, se puede decir que solamente quedarían excluidos de esos cobros los terrenos ligados a los aeropuertos, los servicios ferroviarios, superficies de inmobiliarias, abastecimiento de aguas o instalaciones deportivas, como los campos de golf, entidades jurídicas que Bruselas incluía en la llamada lista negra.

AGRICULTOR ACTIVO 3Para el cobro de las ayudas de la PAC, uno de los puntos clave consistía en la definición de la figura del agricultor activo como el principal destinatario de las mismas. Bruselas dejaba libertad a cada país para fijar esa definición. En el caso de España, de acuerdo con las comunidades autónomas y, en contra de las posiciones de las organizaciones agrarias, Agricultura optó por definir esa figura como la persona que, de sus ingresos agrarios, al menos un 20% fueran por la venta de sus productos en el mercado y el 80% de ayudas.

Las organizaciones agrarias reclamaban un mayor protagonismo en los cobros para los profesionales, algo más de 300.000, frente a los 840.000 que reciben actualmente ese tipo de cobros. Ante las exigencias de la Comisión, también podían percibir esas ayudas quienes, aunque no cumplan con esos porcentajes, demostraran que mantienen las superficies en buen estado, sin necesidad de que cultivasen la tierra.

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