A partir de este lunes, 7 de marzo, está abierto el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) por parte de titulares de explotaciones agrarias o empresas de servicios que garanticen préstamos para financiar la adquisición de maquinaria agrícola. El presupuesto de la convocatoria, cuyas bases se publicaron el Boletín Oficial del Estado (BOE) el sábado 5 de marzo, es de 2 millones de euros, financiados por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).

El objetivo de estas subvenciones, reguladas por el Real Decreto 244/2021, de 6 de abril, es promover la renovación del parque de maquinaria agrícola mediante la mejora del acceso al crédito ligado a la adquisición de maquinaria nueva, contribuyendo así a la reducción los costes de producción, la mejora de las condiciones de seguridad en el trabajo y a la incorporación de las mejores prácticas agrarias desde el punto de vista medioambiental.

LAS AYUDAS SE DARÁN EN RIGUROSO ORDEN DE RECEPCIÓN DE LAS SOLICITUDES

Hay que aclarar que no se trata de un Plan Renove, que todavía no está convocado pero del que sí se ha anunciado que en 2022 contará con un presupuesto de 9,5 millones para la renovación de la maquinaria agrícola, tres millones más que el pasado año.

Las ayudas para la obtención de avales se conceden en régimen de concesión directa por riguroso orden de presentación de las solicitudes. El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación subvencionará el coste del aval por un importe de hasta 100.000 euros durante los 10 primeros años del crédito avalado, con la posibilidad de uno de carencia.

Los costes del aval subvencionados incluyen el correspondiente a la comisión (1,15% del saldo vivo del crédito durante todos los años de vigencia del mismo) y el correspondiente a la comisión de estudio (0,5% del importe solicitado, que se paga una sola vez al inicio del crédito).

La maquinaria adquirida deberá estar incluida en el grupo de máquinas de obligatoria inscripción en los Registros Oficiales de Maquinaria Agrícola. Ello incluye, entre otras máquinas, tractores, remolques agrícolas, cisternas para el transporte y distribución de líquidos, equipos de tratamientos fitosanitarios o de distribución de fertilizantes, remolcados o suspendidos, esparcidores de purines y accesorios de distribución localizada de purines.

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