La entrada en vigor de las obligaciones de realizar anotaciones en el cuaderno digital de explotación agraria se retrasa hasta el 1 de enero de 2024 en las explotaciones grandes y hasta el 1 de enero de 2025 en las explotaciones pequeñas, según ha explicado el Fondo Español de Garantía Agraria (Fega).

Únicamente en casos muy puntuales donde dichas anotaciones sean relevantes para comprobar el cumplimiento de determinados ayudas de la PAC de la campaña 2024 o 2025, dichas obligaciones se adelantan al 1 de septiembre de 2023 y al 1 de septiembre de 2024 respectivamente:

Sólo afectará a beneficiarios de eco-regímenes que realicen las siguientes prácticas: Rotación con cultivos mejorantes/Siembra directa en tierras de cultivo de regadío, donde habrá que anotar información relativa a aplicación de fertilizantes y en caso de cubiertas vegetales e inertes en cultivos leñosos, respecto a las que habrá que anotar la información pertinente.

Sólo deberán anotarse estos datos en relación con la campaña agrícola 2024 que deban ser tenidos en cuenta a efectos de la solicitud de estos eco-egímenes en la PAC 2024, en el caso de las explotaciones grandes. Y en el caso de las pequeñas, solo los datos relativos a la campaña PAC 2025.

Tras las modificaciones introducidas en el último paquete de ayudas para hacer frente a la sequía, el Fega ha publicado una nota aclaratoria sobre la entrada en vigor del cuaderno digital en función del tamaño e intensificación de las explotaciones, y del tipo de información que se debe cumplimentar.

Las explotaciones grandes, aquellas de más de 30 hectáreas de tierras de cultivo o pastos permanentes, 10 hectáreas de cultivos permanentes, 5 hectáreas de regadío o alguna parcela de invernadero, deberá anotar en el cuaderno la información exigida de las ayudas de la PAC de la campaña 2024.

A partir del próximo 1 de septiembre, fecha que coincide con el comiendo de la campaña agrícola de la PAC 2024, los titulares de esas explotaciones solo tendrán que realizar las anotaciones de los ecorregímenes que soliciten relativos a tierras de cultivo de regadío y cultivos leñosos.

LAS EXPLOTACIONES PEQUEÑAS, SUS TITULARES SOLO DEBERÁN ANOTAR EN EL CUADERNO DIGITAL LA INFORMACIÓN EXIGIDA PARA LAS AYUDAS DE LA PAC 2025

Esto implica anotar las aplicaciones de fertilización en los sistemas de rotación de cultivos o siembra directa en regadío, o las fecha de establecimiento de las cubiertas vegetales e inertes, la anchura de la cubierta y la anchura libre de la proyección de copa, y el tipo de mantenimiento realizado sobre las cubiertas vegetales.

A partir del 1 de enero de 2024, los titulares de grandes explotaciones deberán rellenar el resto de información establecida en la normativa, como tratamientos fitosanitarios, resto de información exigida para las ayudas de la PAC y la aplicación de los fertilizante, incluida la que se realiza mediante el riego.

En cuanto al resto de las explotaciones, consideradas pequeñas, sus titulares solo deberán anotar en el cuaderno digital la información exigida para las ayudas de la PAC relativas a la campaña 2025 a partir del 1 de septiembre de 2024.

La fecha de entrada en vigor de la obligación de cumplimentar el resto de la información se retrasa al 1 de enero de 2025 en esos casos, según la nota del Fega.

Además, la exigencia de disponer de un plan de abonado depende de la tipología de la explotación y las ayudas solicitadas.

Será necesario que anoten ciertos campos del plan de abonado las explotaciones grandes que soliciten ecorregímenes que exigen la gestión sostenible de insumos a partir del 1 de enero de 2024, fecha que se retrasa al 1 de septiembre de ese año para el resto de explotaciones grandes y al 1 de enero de 2025 para las explotaciones pequeñas a las que se exija un plan de abonado.

×