El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes una orden para cambiar aspectos del Real Decreto 506/2013 sobre fertilizantes con el fin de incorporar nuevos tipos de productos que sólo están, por ahora, recogidos en la normativa europea. El 16 de julio de 2022 quedará derogado un Reglamento comunitario relativo a los abonos que puede provocar «una cierta confusión» en el mercado nacional e incluso el temor a impedir la comercialización de algunos fertilizantes que han demostrado su eficacia en las condiciones agrícolas españolas y que, en consecuencia, son demandados por los usuarios, según recoge el texto.

Por ello, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación quiere modificar la normativa para mantener, al menos en el ámbito nacional, la posibilidad de seguir comercializando los productos fertilizantes no recogidos hasta ahora a nivel interno que sí estaban en el listado comunitario.

Asimismo, en el texto del BOE se especifica que es importante resaltar que el procedimiento de incorporación de nuevos tipos de productos fertilizantes al anexo I del mencionado reglamento incluye la evaluación de la eficacia agronómica y la seguridad para la salud humana y el medio ambiente, lo que garantiza que estos tipos cumplen con los requisitos establecidos en el artículo 4 del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio. No obstante, y según lo establecido en el artículo 27 de dicho real decreto, la presente propuesta ha sido informada por el Comité de expertos previsto en la Orden APA/1593/2006, de 19 de mayo, por la que se crea y
regula el Comité de Expertos en Fertilización.

De igual forma, se detalla que esta orden se dicta de acuerdo con la habilitación contemplada en el apartado dos de la disposición adicional segunda del Real Decreto 506/2013, de 28 de junio y que en el proceso de elaboración de esta orden ministerial se ha consultado a las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.