La última auditoría realizada por la Comisión Europea para evaluar el sistema sudafricano de certificación y control oficial de cítricos para la exportación a la UE data de junio de 2016, es decir que han pasado ya más de tres años desde la última, según denuncia LA UNIÓ de Llauradors.

En la última se concluía que debían de mejorarse tanto las inspecciones oficiales en campo como las interceptaciones internas con objeto de reducir la probabilidad de interceptaciones de cítricos exportados a la UE.

En base las conclusiones de la auditoria, las autoridades fitosanitarias de la UE realizaron en enero de 2017 unas recomendaciones de mejora del sistema de control y certificación sudafricano. Las autoridades competentes sudafricanas, en este caso el NPPO (National Plant Protection Organisation) propusieron, para garantizar la disminución de partidas con agentes nocivos, varias actuaciones correctoras.

La cantidad de interceptaciones no se ha reducido desde 2016, a pesar de los compromisos adquiridos. Únicamente en 2018 se redujeron las interceptaciones, pero en 2019 han vuelto a incrementarse en un 94%, tal y como se puede ver en el siguiente gráfico:

Interceptaciones de cítricos procedentes de Sudáfrica con los principales agentes nocivos

  Phyllosticta citricarpa Thaumatotibia leucotreta Tephritidae

(Díptero – mosca fruta)

Otras TOTAL
Interceptaciones Diferencia respecto año anterior
2005 10 16 1 1 28  
2006 34 3 3 0 40 43%
2007 44 13 1 0 58 45%
2008 72 3 3 4 82 41%
2009 20 23   0 43 -48%
2010 11 2 3 3 19 -56%
2011 34 5 4 1 44 132%
2012 34 4 5 0 43 -2%
2013   36 3 1 40 -7%
2014 28 20 5 1 54 35%
2015 15 17 4 10 46 -15%
2016 4 12 5 0 21 -54%
2017 24 12 1 0 37 76%
2018 2 14   1 17 -54%
2019 9 21 1 2 33 94%
TOTALES 341 201 39 24 605  
% respecto total 56% 33% 6,45% 3,97%    

Fuente: Comisión Europea

La amenaza para nuestra citricultura por parte de plagas de cuarentena que podrían, incluso, hacer desaparecer el cultivo de cítricos en la Comunitat Valenciana es por tanto muy elevada.

A este respecto Carles Peris, secretario general de LA UNIÓ, señala que “la Comisión Europea no puede esperar mas y debe tomar medidas urgentes y endurecer los protocolos de importación con medidas de control en origen, contingentes, aplicación del tratamiento en frio y unificar criterios aduaneros. No es de recibo que no se audite a aquellos que no lo hacen bien y ponen en riesgo la seguridad vegetal  de la citricultura europea”.

Por países según el gráfico siguiente, los cítricos procedentes de Sudáfrica son los que más interceptaciones han tenido con un 21% de las mismas. Uruguay es el segundo con más interceptaciones con casi un 16%. Las importaciones uruguayas de cítricos se deben revisar con lupa, puesto que tiene una elevada tasa de interceptaciones en función del poco nivel de cítricos que exporta. Otros países sobre los que se debería poner el foco son Argentina, China y Bangladesh, que están en las mismas condiciones que Uruguay, poca importación de cítricos, pero mucha interceptación.

Interceptaciones por países de los principales agentes nocivos en 2019

  %
Total 154 100%
Sudáfrica 33 21,40%
Uruguay 24 15,60%
China 21 13,60%
Argentina 18 11,70%
Bangladesh 18 11,70%
Túnez 8 5,20%
Israel 6 3,90%
Brasil 5 3,20%
Indonesia 5 3,20%
Zimbabue 5 3,20%
Kenia 4 2,60%
Swaziland 3 1,90%
Ghana 2 1,30%
Uganda 2 1,30%

Fuente: Comisión Europea

Datos globales y medidas

En los últimos cinco años (2015-2019), tal y como se puede observar en el gráfico adjunto, se han detectado un total de 3.081 agentes nocivos que han entrado a través de diferentes productos y que podrían acabar o hacer inviable nuestra citricultura.

Por eso desde LA UNIÓ de Llauradors se insiste en la necesidad de incrementar y mejorar las inspecciones fitosanitarias, pero sobre todo que se exija o revise, en todos los acuerdos comerciales de la UE con terceros países, las inspecciones en los países de origen y los tratamientos en frio para todos los cítricos que llegan a Europa. “Nos jugamos mucho y además los costes que se deberían de soportar serian infinitamente mayores que los destinados a la prevención posteriormente”, asegura LA UNIÓ.

Interceptaciones de los principales agentes nocivos que afectan a los cítricos valencianos, independientemente del producto en el que han entrado a la UE

  2015 2016 2017 2018 2019 2015-2019
% respecto total
Phyllosticta citricarpa  125 36 33 54 58 306 9,9%
Xanthomonas citri subsp. Citri 19 11 13 11 54 1,8%
Thaumatotibia leucotreta  296 147 141 368 165 1.117 36,3%
Tephritidae (díptero – mosca fruta) 365 293 179 202 242 1.281 41,6%
Elsinoe fawcettii 2 1 1 1 11 16 0,5%
Coccidae 6 3 2 8 19 0,6%
Pseudococcidae 1 2 1 2 7 13 0,4%
Insecta 7 4 5 16 0,5%
Bactrocera dorsalis 60 60 1,9%
Phyllosticta citriasiana 3 3 0,1%
Ceratitis 10 8 17 3 2 40 1,3%
Xanthomonas axonopodis pv. Citri 13 7 20 0,6%
Xylella fastidiosa 2 1 1 3 7 0,2%
Trioza eritreae 6 6 2 3 17 0,6%
Diaphorina citri 1 1 0,0%
Bactrocera 31 37 68 2,2%
Totales 854 525 421 702 579 3.081
Variación

Respecto año anterior

-38,5% -19,8% 66,7% -17,5%

Fuente: Comisión Europea

Ante esto, LA UNIÓ propone una serie de medidas para revertir esta situación, entre ellas las siguientes:

  1. Prohibición de la importación de cítricos procedentes de zonas con plagas y enfermedades declaradas de cuarentena por la Unión Europea.
  2. Prohibición de importación de cítricos de países terceros que tengan autorizado la utilización de materias activas cuyo uso está prohibido en la Unión Europea.
  3. Los acuerdos comerciales deben contemplar la obligatoriedad que los países que exportan a la Unión Europea deben asegurar el estricto cumplimiento de las normas fitosanitarias de la Unión Europea.
  4. Unificación a nivel comunitario de los criterios y normas de inspección fitosanitarias en frontera.
  5. Establecer la obligatoriedad del tratamiento en frío para las importaciones de países terceros con plagas de cuarentena y según los criterios que establezca la Unión Europea y no los que trasladen estos países terceros.
  6. Para una protección efectiva de los consumidores, se debe eliminar el nivel máximo de residuos (LMR) predeterminado general para pesticidas de 0,01 mg/kg y establecerse en 0 mg/kg para los pesticidas no autorizados en la Unión Europea.
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