El presidente y ocho de los consejeros de la comunidad de regantes ‘Cuatro Vegas’ de Almería han sido condenados este martes tras reconocer que usaron para riego durante 15 años aguas residuales no tratadas adecuadamente poniendo en «grave riesgo» la salud de los consumidores, por lo que se enfrentaban a penas de hasta nueve años y cinco meses de prisión.

No obstante, la fiscal ha presentado un nuevo escrito de acusación en conformidad con las defensas y acusaciones particulares, por el que el presidente de la comunidad, José Antonio Pérez Sánchez, ha asumido y reconocido todos los hechos que se le imputaban, así como que los ejecutó «unilateralmente» en virtud de su cargo.

De esta forma, a Pérez Sánchez le ha sido impuesta una pena de dos años de cárcel y multa de 10 meses, a razón de 6 euros al día, por un delito contra el medio ambiente, otros 11 meses y 29 días por un segundo delito contra el medio ambiente, que también conlleva multa de tres meses -a razón de seis euros diarios-, al tiempo que ha sido inhabilitado para formar parte de órganos de gobierno de comunidades de regantes durante un año y ocho meses.

El resto han sido condenados por un delito de desobediencia a una multa de dos meses, a razón de seis euros diarios, mientras que el presidente y, de forma solidaria, la comunidad de regantes, deberán pagar una indemnización civil que se corresponde con obras de restauración del equilibrio ecológico que tendrán que ser aprobadas por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta.

DESDE 2001 HASTA 2016, LA COMUNIDAD «INCUMPLIÓ REITERADAMENTE SU OBLIGACIÓN DE DAR TRATAMIENTO TERCIARIO (FILTRACIÓN Y DESINFECCIÓN) AL AGUA PROCEDENTE DE LA EDAR”

El escrito del fiscal, al que ha tenido acceso Efe, recoge que el 30 de noviembre de 1995 la Confederación Hidrográfica del Sur concedió a ‘Cuatro Vegas’ una autorización temporal por un año de aprovechamiento de aguas procedentes de la Estación Depuradora de Aguas Residuales (EDAR) de Almería para el aprovechamiento de un caudal de 59,3 l/seg (aumentable hasta 242,4 l/seg) para la superficie regable de unas 1.989 hectáreas.

Al menos desde el año 2001 hasta al año 2016, la comunidad, «actuando a través de su presidente» y de los otros miembros de su junta de gobierno acusados «incumplió reiteradamente su obligación de dar tratamiento terciario (filtración y desinfección) al agua procedente de la EDAR, bien por no aplicar ninguno, bien por insuficiencia del aplicado, de modo que el agua que distribuía para riego incumplía» todos estos parámetros.

El 10 de octubre del 2011 la Consejería de Medio Ambiente acordó suspender el suministro del agua regenerada procedente de la citada EDAR, y adoptó como medida cautelar «ante el riesgo para la salud de los ciudadanos, la prohibición del uso del agua procedente de la EDAR de Almería».

El 24 de agosto del 2012 se dictó una resolución que autorizaba dicho suministro para realizar pruebas de calidad del agua pero no para el riego agrícola. A pesar de ello, la comunidad «procedió a distribuir el agua de la EDAR para el riego de las fincas de sus comuneros».

Al menos, entre el 24 de agosto del 2012 al 30 de junio del 2013 distribuyó para riego un total de 5.065.569 m3 de agua procedente de la EDAR incumpliendo los requisitos establecidos para usar aguas depuradas.

«En definitiva, desde 2001 hasta el día 26 de abril 2016 el agua de riego que distribuía la comunidad de regantes (…) incumplía los criterios exigidos (…)», añade.

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