GOBIERNO DE CANARIAS.-La Consejería de Agricultura establece las condiciones para la concesión de ayudas del POSEI al consumo humano de carne de vacuno y porcino de origen local
Se subvencionará la carne fresca procedente de animales nacidos o que hayan permanecido al menos 6 meses en las islas, sacrificados en mataderos autorizados del archipiélago
Con el objetivo de atender las peticiones del subsector ganadero de Canarias en la presente convocatoria se ha incorporado la carne de cerdo como producto con derecho a ayuda
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias publicó el lunes, 6 de junio de 2011, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) las condiciones para la concesión de las ayudas al consumo humano de carne de vacuno y porcino de origen local, correspondientes a las Acción III.5 del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias.
Será objeto de subvención la carne fresca procedente de animales nacidos o que hayan permanecido un mínimo de 6 meses en el archipiélago, sacrificados en mataderos autorizados de las islas. Con el propósito de atender las demandas del subsector ganadero de Canarias, el Departamento Autonómico ha incorporado en la presente convocatoria la carne de cerdo como producto con derecho a ayuda, tras la correspondiente modificación del POSEI, aprobada por la Comisión Europea.
La cuantía de las ayudas será de 120 euros por tonelada para la carne de bovino, con un límite de 150.000 euros y 46 euros/tonelada para porcino con un límite de 300.000 euros.
Podrán acogerse a estos fondos, los propietarios de las canales a la salida del matadero, los cuales deberán formular una solicitud trimestralmente, ajustándose al modelo oficial que se adjunta en la convocatoria y con la documentación requerida, dirigida a la Dirección General de Ganadería.
Este impreso se presentará ante la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Decreto 164/1994, de 29 de julio.
La Dirección General de Ganadería adoptará todas las medidas necesarias para cerciorarse del cumplimiento de las condiciones a las que se supedita la autorización del pago de estas ayudas. Asimismo se indica que se realizará un control sobre el terreno en todos los mataderos en los que se hayan sacrificado animales con derecho a ayuda.