El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha iniciado la consulta pública de la modificación del proyecto de real decreto que permitirá la aplicación de las excepciones en las normas de condicionalidad de la PAC, para su aplicación en 2023.

Son las normativas relativas a la diversificación y rotación de cultivos y al porcentaje de tierra de cultivo de cada explotación que debe destinarse a superficie no productiva, según ha indicado el Departamento en un comunicado este martes.

Esta modificación permitirá aplicar en España las excepciones que han sido autorizadas por la Comisión Europea que tienen como objetivo incrementar la producción agrícola y aumentar así la disponibilidad y asequibilidad de alimentos en la Unión Europea.

ROTACIÓN Y DIVERSIFICACIÓN DE CULTIVOS

La modificación de la condicionalidad de la PAC establece que en 2023 no se aplicará en España la norma denominada «Rotación de tierras de cultivo excepto en cultivos bajo agua» (BCAM 7).

La excepción supondrá que, en las próximas semanas, en la planificación de sus cultivos para dicha campaña, los agricultores no tendrán obligación de cumplir ni la norma relativa a la rotación ni los porcentajes de diversificación establecidos en esta BCAM.

De esta manera, en las próximas siembras pueden tomar sus decisiones de cultivo con la orientación de maximizar la producción en función de las necesidades del mercado.

PORCENTAJE DE SUPERFICIE NO PRODUCTIVA

Respecto al porcentaje de superficie no productiva, se modifica para 2023 la norma que establece que, para las explotaciones que tengan más de 10 hectáreas de tierra de cultivo, al menos el 4% deberá destinarse a superficies y elementos no productivos como el barbecho, las franjas de protección de los cauces, los lindes forestales o los elementos del paisaje (BCAM 8).

Esta excepción supondrá que en caso de que el agricultor decida cubrir ese 4% de su tierra de cultivo con superficie de barbecho, podrá excepcionalmente sembrar en la misma un cultivo destinado a la producción de alimentos, siempre que no se trate de maíz ni de soja, en base a lo establecido por el reglamento comunitario.

Por tanto, la excepción a la norma BCAM 8 solamente se aplicará sobre las tierras que el agricultor hubiese previsto dejar en barbecho.

Asimismo, el reglamento comunitario establece que las condiciones de admisibilidad para poder optar al cobro de las ayudas relativas a los ecorregímenes y a las ayudas agroambientales de las intervenciones de desarrollo rural en 2023 no serán modificadas por la aplicación de dichas excepciones, por lo que estas condiciones serán las que se han establecido en el Plan estratégico de la PAC presentado por España.

La transposición de este reglamento comunitario a la legislación española se realizará a través de la modificación del proyecto de real decreto para la aplicación de la condicionalidad reforzada a partir de 2023, que en el pasado mes de julio salió a consulta pública.

El plazo para el envío de observaciones a esta modificación comienza este martes y finaliza el próximo 8 de septiembre, inclusive.

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