El campo ha iniciado este 1 de febrero todo el proceso de solicitud de las ayudas de la PAC para la campaña 2020. Una tramitación que siempre es un problema por la excesiva burocratización de todo el proceso. Y un problema que se acentúa cuando además existe por medio operaciones para las cesiones de derechos de la PAC.

En estos casos, la gran mayoría de compradores y vendedores de derechos de pago básico en su primer contacto presentan una gran preocupación por las garantías y seguridad de realizar una operación económica de este tipo.
Por este motivo, los expertos destacan que es muy importante seguir las siguientes recomendaciones y ante todo no actuar de manera precipitada:
  • Formalizar la compra-venta con un contrato privado en el que se recojan los derechos que se compran y las condiciones en las que se compran.
  • Comprobar la región donde tienes la finca donde deseas aplicar los derechos, en este caso puedes apoyarte en la herramienta SigPAC o en la plataforma de Mercadospac que ofrece de manera automática la región agrícola a nivel de localidad. Los derechos a comprar tienen que coincidir en la región agrícola, pero pueden ser de cualquier comunidad autónoma.
  • Pedir al vendedor la relación de derechos de pago básico con su valor a la fecha de compraventa.
  • Comprobar que el vendedor es agricultor activo y que el comprador de los derechos está en condiciones de serlo. La compra-venta de derechos PAC sólo son válidas entre agricultores activos.
  • Solicitar el justificante de pago de la última PAC
  • Pagar en el momento de la firma del contrato y registro de la operación mediante cheque bancario emitido por entidad financiera, quedando garantizado el cobro del importe y el registro de la operación en los sistemas bancarios. Recuerde que sólo podrá pagar en efectivo si el importe de la operación es inferior a 2.500€ IVA incluido.

Optimizar la rentabilidad y la fiscalidad de la operación

Otros aspectos importantes para optimizar la rentabilidad y la fiscalidad de la operación:
  • Hay que recordar que para cubrir la totalidad de las hectáreas que se tengan libre debe comprar un 25% más de derechos, ya que por lo general existe un peaje del 20% a favor de la reserva nacional. (Ejemplo para cubrir 100 ha hay que comprar 125 derechos / 125 derechos x 20% = 25 derechos a favor de la reserva nacional y 100 derechos para cubrir las hectáreas libres)
  • En la fiscalidad nos encontramos con dos situaciones:
    • Si la venta la realiza una persona física deberá incluirla en la declaración del IRPF. En este punto es importante tener en cuenta que debe declararse el valor de la venta menos el valor contable o de adquisición de los derechos.
    • Ejemplo venta de 100 derechos de 100€ de valor unitario total por un multiplicador de 1,5 años:
      • -El valor de venta son 15.000€
      • -El valor contable son 10.000€
      • -Incremento patrimonial a incluir en el IRPF: 5.000€
  • Si la venta la realiza una persona jurídica realizará la venta de un activo inmaterial que debe tener registrado en su balance de situación. Siguiendo los criterios establecidos en el Impuesto de Sociedades.
Finalmente, si necesita ayuda con el proceso compra o venta de derechos PAC puede contratar los servicios de empresas especializadas como Mercadospac que actúa a nivel nacional. Es muy importante destacar que es la única empresa que ofrece una cobertura de responsabilidad civil para todas las operaciones gestionadas por ellos y sin límite de importe por operación.
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