El Ministerio de Hacienda ha abierto el plazo para que los fabricantes de azúcar e isoglucosa y los vendedores de remolacha españoles puedan solicitar a lo largo de un mes las devoluciones de las cotizaciones a la producción en el sector de las campañas de comercialización 1999/2000 y 2000/2001.
Hacienda ha publicado este jueves 5 julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden HAC/719/2018 para establecer el procedimiento de reintegro de dichas cotizaciones, que según una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del 9 de febrero de 2017, se calcularon erróneamente entre 1999 y 2001.
La sentencia obliga a la Unión Europea (UE) la devolución de 195,3 millones de euros a los productores comunitarios, de los cuales, 93,1 millones corresponden a tasas y 102,2 millones a intereses generados.
El Consejo de Ministros de Agricultura de la UE fijaba en febrero pasado a través de un reglamento las nuevas cotizaciones de azúcar y explicaba en un comunicado que el cálculo erróneo anterior inducía a los productores a una «sobrefacturación».
La normativa publicada este jueves en el BOE apunta que las devoluciones a los fabricantes y a los vendedores deben incluir los intereses de demora correspondientes y que las solicitudes para el reintegro se han de presentar ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria.