"Encontramos idéntico sujeto activo, pasivo, identidad de hecho, identidad de fundamento, es decir, una voluntad que da lugar a apreciar una única conducta típica", precisa el tribunal.
Sí entiende que la sanción ha de imponerse en su grado máximo, teniendo en cuenta el volumen de negocio de la empresa y que los hechos se cometieron en dos centros diferentes, "afectando a un producto tan importante como la leche".
La distribuidora logra que se consider todo como una sola infracción
Carrefour había pedido en su demanda la anulación de la resolución del Gobierno o en su defecto, que se declarase que los hechos constituyen una sola infracción, y de forma subsidiaria una rebaja de la sanción hasta los 3.000 euros.
Con esos objetivos, argumentó que los precios se fijaron por la necesidad de "alinearlos" con los de los competidores, ante lo que el Gobierno arguye que no le comunicó esa intención.
Y es que la Ley de Comercio de Cantabria dice que no se podrán ofertar ni realizar ventas al público con pérdida, a menos que quien la realice tenga por objetivo alcanzar los precios de uno o varios competidores y lo comunique al menos con una antelación de 24 horas.
El tribunal señala que Carrefour solo justifica esa necesidad de competir en relación al precio de tres de los dieciocho productos y que uno de los competidores que trataba de igualar no tiene establecimientos abiertos al público en Santander y el otro, los tiene lejos de los suyos.
(Foto: Archivo Recurso)