La abogada que ha defendido a este agricultor, María José García-Cervigón, ha señalado a Efe que "esta sentencia recoge una cuestión sobre la que no existe doctrina pacífica, como es la responsabilidad de las distintas Administraciones cuando los conejos se refugian y se reproducen en los taludes de las carreteras de su competencia, zonas valladas de seguridad, de dominio público, a las que no se puede acceder libremente para matar conejos, acción que se conoce como descastar".
Sin embargo, ha afirmado, "el pronunciamiento judicial ha sido claro en esta ocasión, la competencia sobre el control de los animales en las denominadas zonas de seguridad de las autovías corresponde a la Administración recurrida".
Una sentencia contra la que no cabe recurso y que puede sentar un precedente
Así, ha apuntado que la magistrada que ha dictado la sentencia, contra la que no cabe recurso, entiende que "existe responsabilidad patrimonial derivada del deficiente funcionamiento del servicio público, pues la Unidad de Carreteras ciudadrealeña no probó que llevara a cabo ninguna acción para el control de dichos animales".
"No ha acreditado la Administración haber actuado en aras a evitar lo evitable", ha dicho la abogada. García-Cervigón ha mostrado su satisfacción por este logro judicial, ya que, en muchas ocasiones, ha apuntado, "los agricultores se sienten indefensos e impotentes ante los daños que producen en sus cultivos las distintas piezas de caza, existiendo lagunas jurídicas sobre quién es el responsable de dichos daños en casos similares a éste, si la Administración o el coto de caza más cercano".