El magistrado fundamenta su decisión en la ponderación de los intereses públicos y privados en juego. Por una parte la conservación de la fauna salvaje, y al respecto estima que "el interés mostrado por la asociación recurrente tiene suficiente peso para ser tenido en cuenta". Añade que la otra parte hace referencia a la evolución de los daños a la ganadería en la zona asturiana, especialmente a vacas de Onís y de Cangas de Onís.
En este punto el juez comenta que "sin perjuicio de la importancia de la ganadería en un espacio como el de los Picos de Europa, particularmente representativo de los valores de la naturaleza, ha detenerse muy presente el valor ecológico consustancial a la protección del lobo ibérico en los términos defendidos por la asociación recurrente".
En un comunicado, trece grupos ambientales muestran su satisfacción por esta decisión judicial. Se trata de las asociaciones Ascel; para la Defensa Jurídica del Medio Ambiente ULEX; Verdes Asturianos; de Animales con Derechos y Libertad (Anadel); Biodiversa; Ereba; Ecología y Patrimonio y Medioambiental La Cirigüeña; Amigos de la Naturaleza, la Coordinadora Ecologista de Asturias, la Plataforma por la Defensa de la Cordillera Cantábrica, SOS Cuideiru, Ecologistas en Acción y el Colectivo Ecologista de Avilés.
Recuerdan que en octubre del año pasado la propia dirección del parque suspendió la ejecución de resoluciones de agosto de 2012 que autorizaban la muerte de seis ejemplares de lobo en el espacio protegido tras haber matado a tres de ellos, uno de ellos con un collar de seguimiento por satélite y que fue objeto de un estudio científico.