EFE.- "No cabe concluir que la Comisión Europea vulneró el principio de proporcionalidad al aplicar una corrección financiera del 5 por ciento de la cuantía de la ayuda concedida con cargo al Fondo europeo de garantía agrícola (FEOGA)", concluye la sentencia.
El fallo judicial desestima "en su totalidad" el recurso presentado por España.
El litigio se remonta a 2001, cuando la Comisión concedió ayudas procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEDER) y de otros instrumentos a un programa de Castilla y León, en el marco de las intervenciones estructurales en las regiones españolas objetivo número uno.
Tras una auditoría sobre la gestión y control del programa realizada en 2004, la Comisión concluyó que se habían producido "deficiencias" en los controles que se tenían que aplicar.
En un comunicado enviado a España un año más tarde, se informó a las autoridades nacionales de que ese problema podía afectar "al examen de los requisitos de subvencionabilidad".
Tras una reunión bilateral celebrada en 2008 donde España presentó información adicional, Bruselas dio a conocer un año más tarde su decisión definitiva: la necesidad de aplicar una corrección financiera del 5 por ciento en la ayuda otorgada.
Bruselas se basó en la auditoría y las explicaciones dadas por las autoridades españolas, que ponían de relieve las deficiencias en el sistema de gestión y control del programa.
En aplicación de esa decisión, se redujo en cerca de 7 millones de euros (6.959.950) la ayuda concedida.
En el recurso presentado, España cuestionó el "carácter proporcionado de la corrección del 5 por ciento aplicada, alegando que el riesgo de pérdidas al que estuvo expuesto el FEOGA era "claramente inferior al nivel de dicha corrección".