La expansión del cultivo de la estevia (Stevia rebaudiana Bertoni) y la venta de su hoja por empresas españolas se ven ralentizadas por una serie de trabas que las distintas administraciones comunitarias y nacionales no acaban de solucionar, según han asegurado fuentes del sector.
El presidente de la Asociación de Promotores y Comercializadores de Stevia y otras Plantas de Andalucía (Apycsa), Leovigildo Martín, ha explicado a Efeagro que, junto con otras entidades, su asociación tiene previsto presentar una reclamación al Defensor del Pueblo Europeo y otros organismos para solventar la situación.
No se permite a España comercializar sus hojas pero sí enviarlas a Alemania y comercializarla desde allí
Las empresas españolas no pueden comercializar la hoja de la estevia producida en el país (se cultiva en Andalucía, principalmente), aunque sí su extracto en polvo -el aditivo E-960 (glicósidos de esteviol)-, que se utiliza como edulcorante y sustituto «saludable», según Martín, al azúcar.
Esta situación limita el desarrollo de un sector cuyo potencial es «enorme», ya que, ha apuntado, su consumo no está relacionado con la diabetes, ni con la obesidad.
Martín ha señalado que, sin embargo, en Alemania sí se puede vender la hoja en la actualidad y, además, desde allí se puede comercializar al resto de países comunitarios.
En este sentido, la Asociación Europea de la Estevia (Eustas, por sus siglas en inglés) entiende que si dentro de la Unión Europea (UE) está establecido el libre comercio entre Estados miembros, el hecho de que en un país sea aceptado y en otros no pone de manifiesto una situación de «discriminación comercial».
El sector reclama apoyo en España e impulsar el desarrollo de una legislación propia que frene el sinsentido europeo
El problema se remonta a 1997 cuando la Comisión Europea (CE) creó el registro de «Nuevos Alimentos» para los alimentos e ingredientes que no hubiesen tenido un uso demostrable como tal anterior a ese año.
La estevia se consideró dentro del grupo de ingredientes que no tenían uso anterior a esa fecha, pero no se tuvo en cuenta que en diferentes Estados miembros de la UE, como en Alemania, se utilizaban las hojas secas de estevia para hacer infusiones. De hecho, es un alimento que sí se consumía y en cantidades importantes en la UE.
La creación del registro de «Nuevos Alimentos» en 1997 sin tener en cuenta este hecho «ha provocado controversia y confusión» respecto a la estevia, según Eustas.
En Alemania, desde entonces, se iniciaron varios procesos en los tribunales -se aportaron pruebas (etiquetas, facturas, etc.) de que existía un considerable consumo de té de estevia anterior a 1997- a partir de los cuales se determinó en dicho país que no puede considerarse un «Nuevo Alimento».
En España, sería la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) la que debe interpretar si el reglamento de «Nuevo Alimento» es aplicable o no para la hoja de la estevia, pero hasta la fecha no ha habido una decisión en este sentido, aunque sí reconoce la realidad de su venta en Alemania.
Martín ha asegurado al respecto que los productores y empresas transformadoras de estevia españolas reclaman que esta situación se clarifique y que el Gobierno regule sobre el asunto para permitir el desarrollo económico de un sector con gran potencial, dada la creciente demanda en la UE.
En este sentido, ha avanzado que el sector va a contactar con todos los grupos políticos de la Comisión de Agricultura en el Congreso para que les apoye y contribuyan a impulsar el desarrollo de una legislación propia, que permita la comercialización de la «Stevia rebaudiana Bertoni» en España.