Se abre el periodo para solicitar las ayudas 2025 a la cosecha en verde de viñedos en Castilla y León del lunes 14 hasta el 29 de abril
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado la orden que convocan las subvenciones, así como el procedimiento de concesión y pago de las ayudas. A continuación ofrecemos un pequeño resumen sobre el contenido.
BENEFICIARIOS
Quienes cumplan con los siguientes requisitos de admisibilidad:
Del solicitante:
1) Las personas viticultoras cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación, que:
- a) Cumplan con la normativa vigente de plantaciones de viñedo, para todas las superficies de viñedo de su explotación.
- b) Se hallen inscritas en la sección vitícola del REACYL, así como las parcelas objeto de su solicitud de ayuda, en la fecha de apertura del plazo de presentación de solicitudes.
2) Las personas viticultoras cuyas solicitudes de ayuda hubiesen sido aprobadas en convocatorias anteriores no podrán acceder a la ayuda en las dos convocatorias siguientes, si se da alguno de estos dos supuestos:
- a) Renunciaron a la ayuda de una operación solicitada una vez aprobada y después de transcurrido el plazo fijado para la renuncia en la convocatoria correspondiente, o
- b) No solicitaron el pago de una operación aprobada dentro del plazo fijado en la convocatoria correspondiente.
3) Las personas solicitantes que hayan sido sancionadas en firme por la autoridad competente en materia de agua por hacer un uso ilegal de este recurso, no recibirán ayuda para aquellas hectáreas de regadío para las que las hayan solicitado.
De las parcelas:
Serán admisible las parcelas de viñedo que se destinen a la producción de uva para vinificación.
A tal efecto, se entenderá por parcela de viñedo la superficie determinada de terreno en la que un solo viticultor cultiva la vid, y está formada por un recinto o conjunto de recintos con una o varias referencias alfanuméricas representada gráficamente en el SIGPAC.
No obstante, podrá solicitarse como parcela independiente un recinto SIGPAC que forme parte de una parcela vitícola y que esté identificado de forma alfanumérica en la declaración de cosecha.
La superficie mínima de las parcelas será igual o superior a 0,15 hectáreas.
La superficie máxima por solicitud objeto de resolución aprobatoria será de 10 hectáreas por viticultor y año.
PARA QUÉ ES LA AYUDA
Las actividades subvencionables para la vendimia en verde son la destrucción o eliminación total de los racimos de uva cuando todavía están inmaduros, reduciendo así a cero el rendimiento de la parcela. Se incluye en la actividad subvencionable la biodegradación del producto en la parcela.
No se considerará cosecha en verde dejar uvas de calidad comercial en las cepas al final del ciclo normal de producción (uvas sin vendimiar).
No podrán acogerse a este régimen de ayudas las parcelas de viñedo plantadas en las tres campañas anteriores a aquella en la que se solicita la ayuda.
Sólo serán subvencionables las superficies de viñedo plantadas con anterioridad al 1 de agosto de 2021.
La destrucción o eliminación total de los racimos de uva inmadura podrá realizarse de forma manual o mecánica, pudiendo realizarse por medios propios o por terceros.
Para más información para acceder a las ayudas a la cosecha en verde , los interesados pueden dirigirse a las oficinas de ASAJA.