Las indemnizaciones por sacrificio de animales en el marco de los programas nacionales de lucha, control y erradicación de la tuberculosis bovina, brucelosis bovina, brucelosis ovina y caprina, lengua azul y encefalopatías espongiforme se incrementarán finalmente al 85% del valor de los animales, así como la cuantía máxima por explotación en caso de vaciado sanitario, según se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que ha publica en su edición del sábado 14 el Real Decreto que aumenta las indemnizaciones por sacrificio .
Además, abre la posibilidad de que el Estado pueda subvencionar y asumir hasta el 50% de estos costes del gasto previsto o realizado por las comunidades autónomas, pero siempre en función de las disponibilidades presupuestarias, según se recoge en el texto aprobado.
La nueva normativa sobre sacrificio de animales ya está en vigor oficialmente desde este lunes 16
Este Real Decreto, aprobado en el Consejo de Ministros del viernes pasado, supone la modificación de un decreto anterior y, entre las principales novedades, se encuentra la actualización de las cuantías a percibir por los ganaderos, «dada la situación actual sanitaria».
En concreto, la ayuda se incrementa al 85% del valor de los animales, así como la cuantía máxima por explotación en caso de vaciado sanitario. Asimismo, el Real Decreto recoge la modificación de algunos aspectos de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones para la repoblación de la explotación en caso de vaciado sanitario.
La normativa entró en vigor el pasado domingo día 15, por lo que ya se aplica a los sacrificios obligatorios o vaciados sanitarios que sean ordenados por las autoridades competentes.
Con esta actualización de las cuantías se contribuye al correcto funcionamiento de los programas de erradicación, reduciendo las posibilidades de contagio y manteniendo la sanidad de los animales y se responde a la demanda de las organizaciones agrarias y de los propios ganaderos.
Revisen el Real Decreto. Como sabrán 500 euros de media no es nunca el 85% del valor de un bovino en España. Querrán decir, aunque no lo comparta, que es el 85% de la diferencia entre el valor de recuperación de la carne del animal que recibe el ganadero en España y el valor de reposición del mismo.
Cuando el Tribunal de Cuentas venga a auditar este importante capítulo tan necesario para que funcione un programa de erradicación expliquenselo a los inspectores. Así pues cuando lo auditaron en 2008 pensaban que era cierto lo que pone en el texto y al pensar que recibimos el 75 % al 85 % del valor del animal más la canal en su informe concluyeron como óptima nuestra forma de indemnizar.