El presidente del Gobierno ha señalado que el pacto es "histórico" y supone un "gran paso" para alcanzar un gran pacto nacional del agua.

     Para Mariano Rajoy, el acuerdo, publicado en el Boletín Oficial del Estado y que entrará en vigor mañana, "acerca territorios, sirve mejor a las personas" y demuestra que el diálogo y el sentido común son capaces de facilitar el entendimiento y "dejar atrás todo conflicto bajo una perspectiva integradora".

    El acuerdo, ha continuado, demuestra "la mayor verdad del principio de solidaridad que recoge nuestra Constitución de que todos estamos llamados a ser solidarios", porque todos somos receptores de la solidaridad de los demás.

    Es, ha concluido, un pacto sobre un bien estratégico, complejo y sensible, que eleva a rango de ley sus reglas de explotación y establece un marco jurídico transparente "que protege de presiones coyunturales y oportunismos en la toma de decisiones", tanto a las cuencas cedentes como a las receptoras.

    El pacto, que ha sido incorporado al texto de la Ley de Evaluación Ambiental recientemente aprobada en el Parlamento, fija las reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura, en función de las existencias conjuntas entre Entrepeñas y Buendía (Guadalajara).

    Así, establece un máximo de 600 hectómetros cúbicos anuales de agua transferible a la cuenca del Segura y de 50 hm3 a la del Guadiana, una cantidad que todos los meses será evaluada y encuadrada en cuatro posibles niveles.

    Ello se hará conforme a unos determinados niveles: así establece que cuando las existencias de dichos embalses sean iguales o mayores a 1.500 hectómetros cúbicos, o cuando las aportaciones conjuntas entrantes a las dos presas sean iguales o mayores a 1.000 hm3, podrán autorizarse hasta 68 hectómetros cúbicos al mes.

    Cuando dicho volumen sea inferior a 1.500 hm3 o las aportaciones sean inferiores a 1.000 hm3 (nivel 2), el trasvase mensual no superará los 38 hm3. Los volúmenes cuyo trasvase hayan sido autorizados se distribuirán entre abastecimiento (25%) y regadíos (75%).

     Se considerarán aguas excedentarias todas las aguas embalsadas en Entrepeñas-Buendía que superen los 400 hm3, por debajo de esta cifra no podrá haber transferencia alguna.

    Este volumen mínimo podrá revisarse en el futuro, de forma que se garantice su carácter preferente y se asegure que las transferencias no suponen un límite para el desarrollo de dicha cuenca

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