La subvención consistirá en el 35 por ciento del importe correspondiente a la subvención estatal que figure en la póliza de contrato de seguro subvencionable, sin consideración de alteraciones posteriores en concepto de coberturas o de capital.

    No se subvencionarán cuantías inferiores a 100 euros por póliza de seguro agrario subvencionable mientras que la cuantía máxima de ayuda por beneficiario no podrá superar los 7.500 euros.

    Tendrán preferencia para la obtención de las subvenciones, en primer lugar, los titulares de explotaciones que tengan la calificación de explotación agraria prioritaria a fecha de 31 de diciembre de 2012, y, en segundo lugar, los de menor cuantía de subvención solicitada.

    El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles siguientes a la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.

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