Además, la resolución que publica el DOCV restringe las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas y autorizaciones. De este modo, se dejan en suspenso, entre el 15 de mayo y el 30 de junio, todas las acciones o actividades contempladas en los planes locales de quemas o en las autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución, salvo aquellas contempladas en los planes locales de quema con regulación especial para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, que se podrán realizar en la segunda quincena de mayo y en el mes de junio siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial.

    Esta medida se ha realizado atendiendo al extraordinario periodo de sequía en el que nos encontramos, con el fin de conseguir una mayor prevención de los cincendios foresetales en los montes y terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.

   Cabe recordar, que cada año, en más del 80% de los incendios forestales registrados en la Comunitat Valenciana estaba detrás la mano del hombre, ya que o bien fueron provocados o bien se produjeron por negligencias pero todos ellos evitables, por lo que desde la Generalitat se hace un llamamiento a la prudencia de los ciudadanos, al respeto de la normativa y al seguimiento de los consejos que desde el Centro de Coordinación de Emergencias se comunican a la sociedad para evitar incendios forestales derivados de negligencias.

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