Según ha sido informada la organización, el Ministerio pretende extender a la mayor superficie forestal posible los instrumentos de ordenación y gestión, como medio para compatibilizar su adecuada conservación con el aprovechamiento de sus recursos (madera, leñas, caza, pesca, frutos varios…). La simplificación de los trámites administrativos necesarios y el impulso del colectivismo de los propietarios son las dos actuaciones con las que el Ministerio pretende conseguir dicho objetivo.
La Unión de Uniones estima que el estado de abandono en el que se encuentran muchos de los bosques y montes "son causa de su deterioro o destrucción se debe en ocasiones a una política conservacionista excesivamente rigurosa y mal entendida que ha impedido seguir desarrollando en ellos actividades tradicionales (aprovechamiento de leñas, pastoreo) que contribuían a su limpieza y buen estado".
Por lo tanto, ha manifestado al Ministerio su acuerdo sobre el principio orientador de la futura Ley, habida cuenta de que resultaría poco razonable desocuparse del 55% del territorio nacional, que es lo que representan los más de 27,6 millones de hectáreas de superficie forestal, de ellas el 18,3 millones de ellas con cubierta arbolada.
La organización ha subrayado la aportación de los agricultores a esa superficie forestal arbolada, ya que desde el año 1994, año en el que se pusieron en marcha los programas de ayudas a la forestación de tierras agrarias, hasta el 2010 (últimos datos publicados) se han repoblado más de 750.000 hectáreas de superficies agrícolas.
El que dicha contribución pueda ser mayor en los próximos años dependerá de los fondos que tanto el Ministerio de Agricultura, como las Comunidades Autónomas ponga a disposición de la medida en los futuros Planes de Desarrollo Rural 2014/2020, que en estos momentos se encuentran en fase de estudio por parte de la Comisión Europea.
Para la organización agraria, la futura Ley de Montes "puede también mejorar sus resultados al permitir que las tierras de cultivo reforestadas con turnos de aprovechamiento corto puedan volver a su estado agrícola una vez finalizado éste. Según la actual Ley, las tierras forestadas se convierten al cabo de 10 años en monte a perpetuidad, lo que suponía un desincentivo para que los agricultores participaran en el programa".
Control de la Administracion para evitar la transmisión de enfermedades de las especies cinegéticas al ganado
Por último, la organización ha trasladado también al Ministerio su preocupación por algunos puntos de fricción entre la actividad agrícola y ganadera y las especies silvestres, tanto en los daños que éstas producen en los cultivos como en los riesgos de transmisiones de enfermedades de las especies cinegéticas al ganado.
Así, Unión de Uniones ha señalado que en aquellas zonas de convivencia todos los esfuerzos de los ganaderos y la Administración para erradicar determinadas enfermedades "serán infructuosos si no se ejerce un control sobre el estado sanitario de las especies cinegéticas, ya sea en su estado silvestre o en los cotos".
Por este motivo la organización ha insistido en que una vez se publique la Ley, se dispongan los instrumentos normativos, económicos, materiales y personales para que dicho control sea efectivo.