EFE.- La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que la beneficiaria de la subvención presentó contra la orden de la Consejería de Agricultura de la Comunidad Autónoma de Murcia que ordenó su devolución.

El TSJRM, con ponencia del magistrado Indalecio Cassinello, afirma que la Consejería adoptó ese acuerdo al advertir que la solicitante presentó listados de efectivos productivos que incluían parcelas ubicadas en Cataluña, Andalucía y Comunidad Valenciana.

Tras recibirse los informes expedidos por estos ejecutivos autónomos se comprobó que las superficies declaradas eran superiores a las reales.

La sentencia del tribunal murciano, contra la que no cabe recurso ordinario alguno, desestima el recurso presentado por la citada empresa al señalar que esa alteración es motivo suficiente para exigir la devolución de la ayuda recibida.

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