EFE.- Según dispone la orden publicada hoy en el Diario Oficial de Extremadura, la concesión de los derechos de plantación procedentes de la Reserva Regional tendrá como finalidad el establecimiento de nuevas plantaciones destinadas a la producción de vinos de calidad producidos con una Denominación de Origen Protegida o con una Indicación Geográfica Protegida.

Por tanto, los beneficiarios deberán realizar una plantación de viñedo exclusivamente en los términos municipales integrados en la Denominación de Origen Ribera del Guadiana, en la Denominación de Origen CAVA (Almendralejo) o en los términos pertenecientes a las comarcas de Sierra de Gata y de Las Hurdes.

Por ello, el Gobierno extremeño destaca la reserva de 50 hectáreas de derechos de plantación de viñedos adjudicados a la zona de Gata y Hurdes con el fin de animar a sus agricultores a incrementar la viticultura comarcal al considerar que tiene un sello de especificidad y calidad reconocida con la producción de unos vinos de la variedad verdejo muy apreciados por los consumidores.

De igual forma se ha actuado al reservar 100 hectáreas de derechos para la plantación en Almendralejo de variedades dedicadas a la producción regional de cava con el fin de potenciar esta zona productora integrada en la Denominación de Origen CAVA.

La Junta de Extremadura ha animado a los viticultores a que se beneficien de esta posibilidad que se les ofrece de obtener en excelentes condiciones derechos de plantación para seguir mejorando la vitivinicultura regional.

Para ello, no sólo se tendrá en cuenta, durante el proceso de asignación de derechos de plantación de viñedos de cada zona, las solicitudes de jóvenes agricultores que se establezcan por primera vez en una explotación vitícola en calidad de jefe de explotación (a fecha de presentación de la solicitud), sino que, además, la concesión de dichos derechos de la Reserva Regional será sin contrapartida económica alguna, es decir, totalmente gratuitos.

Entre los requisitos que deben cumplir los solicitantes están el no haber sido beneficiario de prima por abandono ni haber cedido derechos de replantación en la campaña de presentación de la solicitud o durante las cinco campañas precedentes, así como no tener derechos de replantación vigentes, salvo que no disponga de suficientes para completar la plantación solicitada.

Las solicitudes se dirigirán a la Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural en el plazo de 30 días naturales contados desde mañana viernes, 20 de mayo, día de entrada en vigor de la citada orden.

 

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