EFE .- Se trata del Real Decreto 841/2011 del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino (MARM), en aplicación de la normativa sanitaria y zootécnica comunitaria.
La regulación pretende "garantizar una utilización racional y segura" de los productos de material genético "a través del incremento en la transparencia de las transacciones comerciales".
"Al ser la genética animal el primer eslabón del proceso productivo para gran parte del sector ganadero, la extensión y consolidación de los procedimientos de inseminación artificial, criopreservación espermática o transferencia de embriones están en la base de su desarrollo económico", según el texto.
Además, establece que para garantizar el seguimiento del material genético una vez comercializado, son necesarios "registros fiables, en especial de los centros de acogida, de almacenamiento o distribución", donde figuren "los datos básicos que los identifiquen y una codificación de las actividades a las que se dedican".
El MARM precisa que esta norma se complementa con aquellas referidas a la información que debe figurar en los envases que contengan el material genético, "lo cual es imprescindible para garantizar su seguimiento" y "facilitar su aplicación de forma correcta".