Por otra parte, la misma Consejería ha expedientado a una entidad urbanística de conservación de Cartagena por carecer de programa de autocontrol y gestión del abastecimiento de las instalaciones de agua de consumo humano, sancionable con multa de hasta 60.000 euros.

     En los dos casos, los responsables disponen de quince días para formular las alegaciones que consideren oportunas en su descargo.

(Foto: Archivo Recurso)

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