EFE.- Las citadas fuentes han hecho estas afirmaciones después de conocerse hoy que el Tribunal General de la Unión Europea ha desestimado el recurso presentado por los consejos reguladores de la Denominación de Origen para el txakoli de Álava, Vizcaya y Getaria (Guipúzcoa), que reclamaban el registro de este tipo de vino como marca comunitaria.

El MARM, que ha reiterado su respeto a la sentencia, ha indicado que el hecho de que el principal argumento del Tribunal para rechazar la petición sea su protección bajo la normativa comunitaria de DO "no solo no desprotege a los vinos amparados por las tres denominaciones de origen vascas de txakoli, sino que refuerza esta protección, sin necesidad de ninguna otra, ni registro adicional".

En la actualidad, según las mismas fuentes, las únicas denominaciones de origen que pueden hacer uso del término txakoli son las tres vascas y "eso es lo que España defiende y lo que debe dar tranquilidad a las tres Denominaciones de Origen".

La normativa europea no permite el registro de marcas que designen características esenciales de un producto, como la calidad o la procedencia geográfica, aunque sí incluye la inscripción de "marcas comunitarias colectivas" para señalar el origen de los productos, según han explicado hoy fuentes comunitarias.

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