El coste de la repoblación o de la regeneración, a efectos del cálculo del capital asegurado a aplicar, debe ajustarse al coste real de la repoblación o de la regeneración, según esta normativa.

     Dicho coste podrá alcanzar para las masas forestales en terrenos agrícolas hasta un máximo de 1.400 euros/hectárea (masa pura con igual o más de un 80% de especies frondosas) y hasta 2.800 euros/hectárea para las masas forestales en terrenos forestales (porcentaje pendiente del terreno mayor al 30%).

     Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama) precisan que en las masas de alcornocal y en masas forestales sobre terrenos forestales se tendrá en cuenta la pendiente media de cada parcela.

     Subrayan que tras el siniestro se valoraran los costes necesarios para la repoblación o regeneración, teniendo en cuenta que los gastos que supone la saca de la madera comercial siniestrada quedan limitados a 500 euros/ha.

    A efectos del seguro, para el cálculo del capital asegurado, pago de primas e importe de las indemnizaciones en su caso, el precio será fijado libremente por el asegurado, debiendo ajustarse a los varios criterios en torno al corcho de reproducción (entre 80 y 160 euros/100 Kg) y la piña (entre 20 y 30 euros/100 Kg).

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