La Asociación Catalana de Comunidades de Regantes (ACATCOR) y la delegación en Cataluña de la Unión Española Fotovoltaica (UNEFCAT) han presentado este 17 de septiembre en el Parlament de Cataluña un acuerdo que propone una vía consensuada para compatibilizar el despliegue de la energía fotovoltaica con la preservación de los espacios de regadío.

El acuerdo se ha dado a conocer durante la comparecencia de ACATCOR en la Comisión de Agenda Rural, en la que también han estado presentes representantes de UNEFCAT. La iniciativa nace con la voluntad de superar el bloqueo institucional generado después de que el Parlament no ratificara el Decreto ley 12/2025, con el cual el Govern de la Generalitat pretendía establecer un nuevo marco legal para la tramitación de proyectos de energías renovables, incluyendo la autorización de plantas fotovoltaicas en terrenos de regadío.

En este contexto, la Unión Española Fotovoltaica y ACATCOR han querido actuar con responsabilidad y visión de país, situando el interés general por encima de las legítimas prioridades sectoriales, y han convenido un documento que establece los principios para una nueva regulación con una amplia legitimidad social y territorial.

Según recoge el texto:  «Cataluña necesita transitar hacia un modelo energético renovable, justo y distribuido, y al mismo tiempo debe preservar y hacer crecer su sistema de regadío, esencial para la soberanía alimentaria, la competitividad agraria y la cohesión territorial».

LOS TÉRMINOS DEL ACUERDO: UNA REGULACIÓN DETALLADA Y CONSENSUADA

El acuerdo establece que, a partir de la aprobación de un nuevo decreto que sustituya al 12/2025 derogado, los nuevos proyectos fotovoltaicos no podrán instalarse en suelos de regadío, tanto si están operativos, en proceso de desarrollo o previstos dentro del Plan de Regadíos de Cataluña. Esta medida busca garantizar la protección de los espacios agrarios estratégicos, esenciales para la soberanía alimentaria y la cohesión territorial.

No obstante, se contemplan excepciones específicas y controladas, para dar cabida a casos de interés particular o innovador:

  • Autoconsumo agrario y agrovoltaica regulada, siempre que cumpla los criterios técnicos que establezca la Generalitat.
  • Proyectos pequeños o individuales tramitados por vía de urgencia, tal como prevé el artículo 14 bis del Decreto ley 16/2019.
  • Terrenos de regadío abandonados durante más de cinco años, o que no hayan estado activos en los últimos diez años.
  • Zonas de secano dentro de áreas de regadío, siempre que se garantice una compensación territorial equilibrada y no se vean afectadas superficies realmente regables.

Además, se permitirán y se facilitarán proyectos fotovoltaicos en infraestructuras vinculadas al regadío, como canales o balsas de riego, considerándolos de bajo impacto y sujetos a una tramitación simplificada.

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