Según Villanueva, se trata de evitar que puedan acusar a los dueños de los cotos de aquellos daños agrícolas o accidentes de tráfico que provocan los animales, porque además, y según la legislación actual, el dueño de un coto no es propietario de los animales que habitan, pastan o se pasean por el mismo.
Sí admite Villanueva, que la imputación pudiera hacerse cuando se organizan batidas en sus cotos, porque entonces efectivamente sí son responsables de que ese día la fauna cinegética se desplace, pero un desplazamiento por búsqueda de comida u otra necesidades, ha defendido, no son responsabilidad del propietario del coto.