EFE.- La aprobación de aquel plan supuso la dotación de un documento de ordenación para otorgar a las zonas húmedas o humedales en general, tanto costeros como interiores, la debida protección, así como un tratamiento integrador compatible con el ordenamiento territorial.

Con la modificación de este decreto se pretende posibilitar usos que no perjudiquen los recursos ecológicos en ámbitos que se consideren de protección, o incluso habilitar usos que se estiman necesarios o convenientes para la conservación de estos valores desde un punto de vista científico o cultural.

Además, transcurridos ya más de diez años desde la realización de los trabajos que sirvieron para elaborar este PTS, se ha revisado la relación de humedales, se han declarado nuevos Espacios Naturales Protegidos, y se ha incorporado la información técnica y cartográfica que se ha mejorado en estos últimos años.

La modificación incorpora además el criterio establecido por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco -en sentencia de 2007- con respecto a la no inclusión como zona húmeda de la segunda fase del Plan Parcial del Polígono Industrial Gorostiaga de Zumaia (Gipuzkoa) para que guarden coherencia con las áreas colindantes.

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