En concreto, según señala en una nota, el Marco Financiero Plurianual 2014 – 2020 prevé una asignación en concepto de ayudas directas para España de 35.705,1 millones de € de acuerdo con el siguiente desglose anual (millones de €; las cifras incluyen POSEI y algodón).
2014 5.083,5 millones de euros
2015 5.075,9 millones de euros
2016 5.084,9 millones de euros
2017 5.093,9 millones de euros
2018 5.108,9 millones de euros
2019 5.122,3 millones de euros
2020 5.135,7 millones de euros
Total 35.705,1 millones de euros
Asimismo, la cantidad total para el conjunto del período financiero es una cifra muy similar a los pagos recibidos durante el período 2007 – 2013, que ascienden a 35.618,5 millones de €, con una media anual de importes de 5.090,1 millones de €, mientras que en el período 2014 – 2020 la media anual será de 5.100,7 millones de €.
Las dotaciones financiera no afecta a los importes netos de ayudas directas
Las dotaciones financieras establecidas en la Resolución del FEGA para las solicitudes de ayuda de 2014, no influyen por tanto en lo que respecta a este balance, pues no afecta a los importes netos de ayudas directas que recibirá España.
Asimismo, el mecanismo de modulación de las ayudas directas desaparece en 2014, sin que exista un mecanismo equivalente.
La modulación ha sido el mecanismo mediante el cual, durante el período 2007 – 2013 se han articulado las transferencias financieras del primer pilar (ayudas directas) al segundo pilar de la PAC (Desarrollo Rural). Estas transferencias dejan de producirse a partir de las solicitudes de ayuda correspondientes al año 2014.
Para estas ayudas, el reglamento de transición no prevé un mecanismo con un efecto equivalente al de la modulación, sino que establece que los importes de ayuda solicitados por los beneficiarios deben adecuarse a los importes netos asignados a cada Estado miembro. Además, el reglamento de transición fija que este ajuste debe realizarse antes de que los beneficiarios presenten sus solicitudes de ayuda.
Explicaciones de por qué se ha evitado tratos discriminatorios
Además, para evitar tratamientos discriminatorios y en consonancia con la nueva orientación de la Reforma de la PAC hacia los agricultores activos, el ajuste del Pago Único (8,64 %) se ha aplicado linealmente a todos los beneficiarios.
En este sentido, e,l Magrama ha querido hacer especial hincapié en su comunicado que el reglamento de transición permitía a los Estados miembros, como opción, aplicar el ajuste de las ayudas directas de 2014 a los beneficiarios que recibieran un importe de ayuda superior a 5.000 €. España ha optado por no aplicar este umbral a la hora de realizar el ajuste por las siguientes razones:
1. Por una parte, al contrario de lo que ocurría con la modulación, este umbral no es una franquicia, es decir, el ajuste se realizaría sobre todo el importe de pago único que cobran los beneficiarios que reciben más de 5.000 €. Por ejemplo con la modulación, un agricultor que cobraba 5.025 €, se le aplicaba la modulación sobre 25 €, mientras que ahora se le aplicaría el ajuste sobre los 5.025 €; otro ejemplo más evidente, es el de un beneficiario que cobre 4.999 €, que quedaría totalmente exento, mientras que otro que cobrara 5.001 € se le aplicaría el ajuste por toda la cantidad.
2. Por otra parte, el reglamento de transición sólo prevé que se pueda aplicar el umbral de 5.000 € al pago único, es decir, para las ayudas acopladas no hay opción y el ajuste debe ser lineal. Esta es otra razón adicional para aplicar el ajuste de forma lineal a todos los pagos como se ha hecho, pues de otro modo, el trato entre beneficiarios hubiera sido discriminatorio.
3. Como consecuencia de lo anterior, de haber aplicado el umbral de 5.000 €, los beneficiarios que solicitan ayudas por encima de esta cantidad, habrían sufrido un ajuste muy superior al que ahora les supone la modulación, siendo precisamente estos beneficiarios los que tienen en la agricultura y la ganadería su principal medio de vida. De haberse aplicado el umbral, todo el esfuerzo hubiera recaído sobre estos agricultores, dejando exentos a aquéllos para los que la agricultura o ganadería sólo es un complemento de su renta.
4. Otra razón adicional es que, entre los beneficiarios que cobran menos de 5.000 €, la mayoría se encuentran en el estrato de los que cobran menos de 1.250 € al año, beneficiarios que podrán acogerse al Régimen de Pequeños Agricultores a partir de 2015. En el marco de este régimen, estos beneficiarios recibirán un tratamiento muy favorable, ya que no estarán sujetos a variación o convergencia. Asimismo, no estarán sometidos al control de agricultor activo, condicionalidad y a los requisitos del Pago Verde.
Por lo tanto, las nuevas dotaciones financieras para las ayudas directas de 2014, tienen el efecto equivalente a la modulación, si bien se aplica sobre todos los beneficiarios linealmente, con el objeto de evitar tratamientos discriminatorios y, en consonancia con la nueva orientación de las ayudas de la PAC hacia la agricultura más activa y profesional, apoyada por las organizaciones agrarias y las comunidades autónomas.