En el listado que entra en vigor  únicamente se incluyen los aditivos alimenticios que se han comprobado de manera científica que son seguros para el consumo, explicó la CE, que precisó que la principal ventaja de esta nueva legislación es la transparencia que ofrece.

     Además de la seguridad, el Ejecutivo comunitario destacó entre las condiciones que deben cumplir los aditivos que su empleo esté tecnológicamente justificado, que no conduzcan a engaño al consumidor y que le supongan un beneficio.

     La seguridad de los aditivos autorizados en la actualidad está controlada por el Comité Científico de Alimentos (SCF, por sus siglas en inglés) y por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA).

     La mayoría de evaluaciones sobre los aditivos autorizados se realizaron en los años 80 y 90, y en algunos casos incluso en los 70, por lo que la EFSA consideró preciso realizar una reevaluación de los mismos.

    Los estudios realizados llevaron por el momento a la EFSA a reducir la cantidad diaria aceptable para el consumo de tres colorantes -el E 104 Amarillo de Quinoleína, el E 110 Amarillo Crepúsculo, y el E 124 Ponceau 4R-, al considerar que la exposición humana a estos colorantes "es probablemente muy alta".

    En sus evaluaciones, la EFSA tiene en cuenta aspectos como la identificación química de los aditivos, su proceso productivo, su reacción sobre los alimentos o su información toxicológica.

    La CE explicó también que para poder seguir garantizando la seguridad de los consumidores, la EFSA continuará con su programa de reevaluación del listado, hasta completarlo en 2020.

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