En ambos casos estaría por debajo del 10 por ciento del número actual de perceptores de ayudas de la PAC. Esta cifra viene dada por la definición de agricultor activo, que se ha aprobado en la Conferencia Sectorial de Agricultura de la semana pasada,  que ha sido uno de los puntos más polémicos de las negociaciones sobre el nuevo modelo de apoyo.

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   Por otro lado, según señala C. L. en www.larazon.es, las explotaciones agrarias deberán estar registradas para solicitar y recibir las ayudas directas de la PAC. Éste es otro de los requisitos establecidos en el acuerdo que se alcanzó la semana pasada.

    En el caso de las tierras de cultivo y en el de los cultivos permanentes, como el olivar, la vid o los frutales, por ejemplo, será en el registro que corresponda, y en el caso de las superficies de pastos, en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA).

    Esta condición se exigirá tanto para la primera asignación de los derechos como para la activación de los derechos del pago de base. Asimismo, será necesario declarar el cultivo o el aprovechamiento que se realiza en cada parcela o recinto indicando para los pastos el código de la explotación en el REGA.

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