Incorpora los ingredientes esenciales y facultativos que pueden incorporar los derivados cárnicos, así como características físico-químicas básicas y que determinan su calidad, e incluye una relación de productos tradicionales y denominaciones consagradas por el uso, elaborados en la industria cárnica en España.

     Según el Gobierno, esta norma facilitará la competencia entre las industrias y demás operadores del mercado, con una categorización de productos por cualidades y calidades que busca evitar prácticas que puedan suponer competencia deselal.

     Además, promoverá la innovación y desarrollo de nuevos derivados cárnicos, como por ejemplo los procedentes de carne de ave que hasta el momento no contaban con una regulación específica, y cuyo consumo está extendido.

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