La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ha anulado la orden de la Comunidad Autónoma por la que se modificaba la composición del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pimentón de Murcia porque no se dio audiencia al sector.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, estima así el recurso presentado por el propio Consejo Regulador y por varias empresas y deja sin efecto la citada orden, que fue acordada en agosto de 2014 por la entonces Consejería de Agricultura y Agua del gobierno murciano.

Para el tribunal, antes de aprobar esa modificación, debió darse un nuevo trámite de audiencia a las entidades afectadas

En su recurso, los apelantes alegaron que la disposición era nula por haber sido dictada «prescindiendo total y absolutamente del procedimiento legal establecido».

DO PIMENTON DE MURCIA 1Además, expusieron que se había producido una desviación de poder y que la Consejería no tenía competencias para modificar el Reglamento de la Denominación de Origen y de su Consejo Regulador.

Al estimar el recurso, la Sala dice que «hubo una modificación sustancial entre el proyecto de disposición general sometido al trámite de audiencia y la orden aprobada, y sin que en esta se motivara esa esencial modificación que suponía la exclusión del censo B -secaderos y almacenes de comercialización- de estos últimos y, por tanto, de su representante en el Consejo Regulador».

Para el tribunal, no cabe duda de que antes de aprobar esa modificación, debió darse un nuevo trámite de audiencia a las entidades afectadas.

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