El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha emitido un comunicado en el que reconoce que la concentración de la oferta de productos agroalimentarios entre varias organizaciones de productores agrícolas y asociaciones puede constituir un acuerdo en el sentido del derecho de la competencia, además de reconocer que está permitida si responden de manera proporcionada a los objetivos asignados a esa organización o asociación. Con esta decisión de la justicia europea, se reconocen las medidas introducidas en la reforma de la PAC a medio plazo contenida en el Reglamento Ómnibus para la protección de las OP y AOP.
Los hechos, que recoge olimerca.com, se remontan a 2012 cuando la autoridad de competencia francesa sancionó algunas prácticas anticompetitivas en la industria de producción y comercialización. Estas prácticas, realizadas por organizaciones de productores (OP), asociaciones de organizaciones de productores (AOP), así como por diversos organismos y empresas, consistían esencialmente en la concertación para regular la oferta en el mercado y sus precios.
Para impugnar la multa de casi 4 millones de euros que se les impuso, las organizaciones de productores y otros organismos sancionados recurrieron a los tribunales franceses,