La compañía en cuestión, que se declaró insolvente, considera que esas comunicaciones de las autoridades le supusieron un perjuicio grave e interpuso una demanda por daños y perjuicios.
En su sentencia, el Tribunal de la UE estima que el Derecho europeo admite lo hecho por las autoridades germanas y recuerda que las normas europeas establecen que un alimento catalogado como no apto para el consumo humano "no es seguro", a pesar de que pueda no ser nocivo para la salud.
Por tanto, ese alimento puede vulnerar los intereses de los consumidores, cuya protección es uno de los objetivos de la legislación.