El Consejo de Gobierno de la Junta de Castilla y León ha aprobado este viernes 29 la concesión directa de una subvención de 5.500 euros a 460 agricultores y ganaderos afectados por los grandes incendios por un importe total de 2,53 millones de euros.

La subvención se destina para compensar las pérdidas de producción agrícola y ganadera, la muerte de ganado, la pérdida de colmenas, la reconstrucción de instalaciones agrícolas y ganaderas, y la reposición de vallados ganaderos.

El objetivo último de la ayuda es proteger la viabilidad de las explotaciones, mantener la actividad y el empleo en la zona, proteger el tejido productivo y recuperar lo antes posible la actividad económica en las zonas afectadas.

Una vez publicada esta orden en el Boletín Oficial de Castilla y León, en la que se relacionarán el nombre de los 460 agricultores y ganaderos beneficiarios, estos dispondrán de un plazo de diez días para rechazar la subvención. Transcurrido ese periodo se entenderá la ayuda como aceptada.

EL IMPORTE PODRÁ INCREMENTARSE EN PRÓXIMOS ACUERDOS, EN FUNCIÓN DE LOS DAÑOS SUFRIDOS Y SI LA CUANTÍA DERIVADA DE LA APLICACIÓN DE LOS BAREMOS SUPERE ESA CIFRA

Los titulares de explotación agraria beneficiarios serán preceptores de una única ayuda de 5.500 euros cuyo importe podrá incrementarse en próximos acuerdos, en función de los daños sufridos y en el caso de que la cuantía derivada de la aplicación de los baremos supere esa cifra.

Los baremos establecidos asignan un importe de 130 euros por hectárea a los cultivos herbáceos no cosechados, 240 euros por hectárea a los cultivos leñosos y 18 euros por hectárea a las superficies de pastos. En lo que se refiere a las subvenciones por la muerte, pérdida o sacrificio de ganado bovino, ovino y caprino, los importes se calcularán por los animales afectados y por los baremos oficiales establecidos en el Real Decreto 389/2011. En cuanto al ganado equino la ayuda será equivalente a la del ganado bovino y para el ganado porcino, el importe será de 600 euros por UGM. Para las colmenas destruidas se toma como referencia un valor de 150 euros por colmena.

En caso de sacrificio de estos animales solo se considerará con derecho a ayudas los casos en que conste certificado de veterinario competente sobre lesiones irreversibles a causa de los incendios y con fecha límite máxima de sacrificio el 15 de septiembre de 2025.

Por último, para los agricultores y ganaderos no profesionales, aunque no se incluyen en la ayuda mínima, sí podrán ser perceptores de una subvención en función de los daños declarados con las condiciones que se determinarán en próximos acuerdos de la Junta de Castilla y León.

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