La Junta de Andalucía permitará las quemas de restos vegetales en zonas forestales y de influencia forestal con la finalidad de eliminar el riesgo de incendios o propagación de plagas que estos restos acumulados generan, mediante un método sencillo, económico y eficaz. Una decisión que ha sido valorada por Asaja Córdoba como de muy positiva.
De esta manera, el presidente de Asaja Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, afirma que “tras el problema que ha generado el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITECO) en todo el territorio nacional prohibiendo sistemáticamente todas las quemas, y mientras la modificación de la Ley de Economía Circular se lleve a puerto, la Junta de Andalucía ha conseguido desbloquear las quemas, al menos en los entornos forestales y las zonas de influencia forestal”.
Así, ha quedado de manifiesto el esfuerzo llevado a cabo por autonomías como la andaluza, pero, al mismo tiempo, “la absoluta falta de sensibilidad y empatía con los propietarios de explotaciones por parte del MITECO”.
Y es que recalcan que las actividades agrarias generan residuos no siempre valorizables como resultado de distintas actuaciones. Son fundamentalmente restos vegetales de cortas, podas y desbroces sin otros componentes o residuos adicionales.
Por su ubicación en el entorno forestal, el uso del fuego se lleva a cabo generalmente alejado de núcleos de población, por lo que su influencia directa sobre la misma es muy poco probable. En ocasiones, se acordonan los residuos y, en otros casos, se construyen pilas con las dimensiones máximas establecidas en la normativa. Además, hay que tener presente que la quema de estos residuos, por su propia naturaleza de restos vegetales, es equivalente a la quema de leña u otro tipo de biomasa en una chimenea o caldera.
La Junta de Andalucía establece las condiciones para el empleo del fuego en labores agrarias de forma que los Centros Operativos Provinciales (COP´s) y Regional de INFOCA (COR) disponen de un elenco de parámetros objetivos para controlarlo. La consideración de estos parámetros persigue un objetivo múltiple. En primer lugar, limitar que la propia acción de quema pueda suponer un riesgo de propagación de un incendio forestal. En segundo lugar, garantizar que la quema se ejecuta en condiciones de seguridad para los propios operarios. En tercer lugar, garantizar que las quemas no generan daños a la población en general ni al medio ambiente, al llevase a cabo en unas condiciones muy limitadas.
La Administración autonómica añade que los parámetros objetivos concretos y sus valores limitados en el reglamento deben ser entendidos como fronteras máximas que garantizan que el uso del fuego no produce daños al medio ambiente. Entre otros, son los referidos a las superficies de quema, las dimensiones de las pilas, el establecimiento de líneas de defensa, los días y horas de quemas, la dirección y la velocidad máxima del viento permitida.